Entidades emisoras, fecha y contexto legal
La Resolución 00002373 fue emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social el 24 de noviembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.318 el 28 de noviembre de 2025. Esta norma se fundamenta en varias disposiciones legales, entre ellas la Ley 100 de 1993, la Ley 2294 de 2023, la Ley 715 de 2001, la Ley 1751 de 2015, y otras normas relevantes que regulan el derecho fundamental a la salud, la organización del sistema de salud y la planeación de inversiones públicas en este sector.
Objeto y destinatarios de la resolución
El objetivo principal de esta resolución es establecer una metodología clara y estructurada para la formulación, actualización y ajuste de los Planes Maestros de Inversiones en Infraestructura y Dotación en Salud (PMIDS), tanto a nivel nacional como territorial (departamental y distrital). Los destinatarios son las entidades territoriales responsables en salud —departamentos, distritos y municipios—, que deben planificar y ejecutar las inversiones en infraestructura y dotación hospitalaria en sus jurisdicciones. Esta regulación excluye a las entidades de regímenes de excepción. Además, la norma involucra a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (públicas, privadas y mixtas) y a la ciudadanía interesada en la vigilancia y seguimiento de las inversiones.
Finalidad y alcance
La resolución busca garantizar el ejercicio efectivo del derecho fundamental a la salud mediante inversiones estratégicas en infraestructura hospitalaria, dotación biomédica, equipamiento fijo, transporte asistencial y tecnologías de la información y comunicaciones. Define los PMIDS como instrumentos estratégicos que integran proyectos de construcción, ampliación, remodelación y modernización de sedes de prestadores públicos de salud, con una vigencia de diez años sincronizada con el Plan Decenal de Salud Pública.
Decisiones clave y regulaciones contenidas
Entre las principales disposiciones se destacan:
- Definición y estructura de los PMIDS: Se diferencian los planes nacionales y territoriales, estableciendo que el plan nacional orienta las estrategias generales y establece estándares técnicos, mientras que los territoriales justifican las necesidades específicas y programan las inversiones.
- Principios rectores: Se consagran principios como la equidad social y territorial, accesibilidad, reconocimiento intersectorial, sostenibilidad ambiental, continuidad, gobernanza y gobernabilidad para guiar la formulación y ejecución de los planes.
- Metodología de formulación y ajuste: La resolución establece un proceso riguroso para la formulación, registro, evaluación, articulación y aprobación de las iniciativas de inversión, con plazos claros para cada etapa y mecanismos de participación ciudadana y coordinación interinstitucional.
- Sistema de Información de Proyectos de Infraestructura y Dotación (SIPID): Se ordena la implementación de un sistema integrado para el seguimiento y transparencia de los proyectos, con funcionalidades para registro, monitoreo y consulta pública de avances.
- Seguimiento y evaluación: Se establecen indicadores para evaluar la ejecución y resultados del PMIDS, con informes periódicos y mecanismos para ajustes regulares, obligatorios o excepcionales, incluyendo casos de emergencias o calamidades públicas.
- Prohibición de inversiones fuera del PMIDS: Se prohíbe la ejecución de inversiones en infraestructura y dotación en salud que no formen parte del PMIDS aprobado, asegurando el control y coherencia en la gestión de recursos públicos.
Base legal y derogaciones
La resolución se fundamenta en normativas constitucionales y leyes nacionales que regulan la seguridad social y el sector salud, especialmente en lo relativo a la organización, planeación y financiación del sistema. Deroga expresamente la Resolución 2514 de 2012 y sus modificaciones, actualizando el procedimiento para la planeación de inversiones en infraestructura y dotación hospitalaria.
Plazos y vigencia
Los primeros PMIDS territoriales tendrán una vigencia de seis años a partir de 2025, alineados con el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, contemplando plazos de corto, mediano y largo plazo para la ejecución. Los planes maestros serán revisados y ajustados cada cuatro años o ante contingencias que lo justifiquen. La resolución entra en vigor desde su expedición y establece plazos específicos para la implementación del SIPID y la presentación de informes semestrales.
Impacto potencial
Esta resolución representa un avance significativo en la planeación estratégica del sector salud en Colombia. Al definir una metodología clara y un sistema de información integrado, busca optimizar la inversión pública en infraestructura y dotación hospitalaria, promover la equidad territorial y garantizar la transparencia y participación ciudadana. La regulación pretende fortalecer la red pública hospitalaria y mejorar la calidad y accesibilidad de los servicios de salud, contribuyendo a la materialización efectiva del derecho fundamental a la salud en todo el país.
Con la implementación de estas nuevas disposiciones, se espera que las inversiones en infraestructura y dotación hospitalaria sean más eficientes, coordinadas y alineadas con las necesidades reales de la población, fortaleciendo así el sistema de salud en todos los niveles territoriales y mejorando la calidad de vida de los colombianos.