Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala Doce Especial de Decisión de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia y máxima autoridad para asuntos contencioso-administrativos en Colombia. La decisión corresponde a un recurso extraordinario de revisión, mecanismo judicial mediante el cual se solicita la revisión de sentencias definitivas por causales específicas. Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con una demanda presentada por Empresas Municipales de Cali EICE ESP contra la Nación, representada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y otras entidades. Tras la sentencia inicial, la parte demandante interpuso un recurso extraordinario de revisión que fue analizado y declarado infundado por la Sala Plena del Consejo de Estado el 15 de septiembre de 2025. Como consecuencia, se condenó en costas a la recurrente, lo que implica que esta debe asumir los gastos generados por la defensa de las partes demandadas. La condena en costas busca resarcir a las entidades afectadas por la interposición de un recurso que el tribunal consideró sin fundamento suficiente para modificar la sentencia original. Consideraciones y liquidación de costas
La Sala, mediante sentencia, estableció que la condena en costas incluye el pago por agencias en derecho, que corresponde a la remuneración de los abogados que representaron a las entidades demandadas. En su fallo, el tribunal ordenó que cada una de las entidades demandadas —específicamente el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y Une EPM Telecomunicaciones ESP SA— recibiera una suma...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles