Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en recurso extraordinario de revisión contra Empresas Municipales de Cali
Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en recurso extraordinario de revisión contra Empresas Municipales de Cali
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 11:55:4
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala Doce Especial de Decisión de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia y máxima autoridad para asuntos contencioso-administrativos en Colombia. La decisión corresponde a un recurso extraordinario de revisión, mecanismo judicial mediante el cual se solicita la revisión de sentencias definitivas por causales específicas.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con una demanda presentada por Empresas Municipales de Cali EICE ESP contra la Nación, representada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y otras entidades. Tras la sentencia inicial, la parte demandante interpuso un recurso extraordinario de revisión que fue analizado y declarado infundado por la Sala Plena del Consejo de Estado el 15 de septiembre de 2025.
Como consecuencia, se condenó en costas a la recurrente, lo que implica que esta debe asumir los gastos generados por la defensa de las partes demandadas. La condena en costas busca resarcir a las entidades afectadas por la interposición de un recurso que el tribunal consideró sin fundamento suficiente para modificar la sentencia original.
Consideraciones y liquidación de costas
La Sala, mediante sentencia, estableció que la condena en costas incluye el pago por agencias en derecho, que corresponde a la remuneración de los abogados que representaron a las entidades demandadas. En su fallo, el tribunal ordenó que cada una de las entidades demandadas —específicamente el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y Une EPM Telecomunicaciones ESP SA— recibiera una suma equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de ejecutoria de la sentencia.
La Secretaría General del Consejo de Estado procedió a la liquidación de costas, determinando un valor total de $4.270.500 (cuatro millones doscientos setenta mil quinientos pesos colombianos). De este monto, cada entidad demandada recibirá $1.423.500 como pago por agencias en derecho. No se registraron gastos judiciales adicionales en esta instancia.
Implicaciones de la decisión
Esta providencia destaca la importancia de la adecuada fundamentación en los recursos extraordinarios, dado que la interposición infundada puede derivar en condenas en costas que implican un costo económico para la parte recurrente. Además, reafirma la competencia del Consejo de Estado en el control de las decisiones administrativas y judiciales en materia contencioso-administrativa.
Por último, la decisión fue firmada electrónicamente conforme a la Ley 2213 de 2022, garantizando la autenticidad e integridad del documento y su conservación para futuras consultas.
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Esta sentencia contribuye a la comprensión del manejo procesal de los recursos extraordinarios de revisión y el régimen de costas en la justicia administrativa colombiana, aspectos fundamentales para abogados, funcionarios públicos y ciudadanos interesados en el funcionamiento del Estado de Derecho. Con esta resolución, se refuerza el compromiso del Consejo de Estado por garantizar la transparencia, eficiencia y equidad en los procesos judiciales que involucran a entidades públicas y privadas en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.