Consejo de Estado niega suspensión provisional a decreto sobre carrera administrativa en la DIAN
Consejo de Estado niega suspensión provisional a decreto sobre carrera administrativa en la DIAN
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:52:17
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, del Consejo de Estado, en ejercicio del control de nulidad con solicitud de suspensión provisional. Se trata de una decisión en única instancia, dictada por el magistrado ponente, que aborda una solicitud de medida cautelar en el marco de un proceso iniciado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) contra el Departamento Administrativo de la Función Pública y otros.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda cuestiona el artículo 3 del Decreto 770 de 2021, que sustituyó el título 18 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1083 de 2015, regulando aspectos del sistema específico de carrera para la DIAN. En particular, la CNSC solicitó la nulidad de ciertos artículos, así como la suspensión provisional del parágrafo único del artículo 2.2.18.4.2 y de los parágrafos 1 y 2 del artículo 2.2.18.6.1. Estas disposiciones establecen el procedimiento para la creación y adopción de los “Lineamientos Técnicos de Competencias Laborales” y regulan la aplicación de pruebas de polígrafo, exámenes médicos y de aptitudes psicofísicas en los procesos de convocatoria para la carrera administrativa en la DIAN.
La parte demandante alegó que el decreto vulnera el artículo 130 de la Constitución Política al generar un conflicto de competencias entre la CNSC y la Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, al usurpar funciones exclusivas de vigilancia y administración de la carrera administrativa. También cuestionó la inclusión de la prueba de polígrafo y los exámenes médicos como requisitos eliminatorios en el proceso de selección, argumentando que afectan derechos fundamentales y no están previstos en la normativa superior.
En respuesta, el Departamento Administrativo de la Función Pública defendió la validez del decreto, señalando que no se asignan competencias para administrar los concursos de méritos a la DIAN, sino que las normas regulan aspectos específicos del sistema de carrera que no están en cabeza de la CNSC. Además, negó que se haya probado un perjuicio irremediable o que la norma generara efectos contrarios a derecho que justifiquen la suspensión provisional.
Consideraciones del Consejo de Estado
La Sala explicó que la medida cautelar de suspensión provisional está regulada en los artículos 229 a 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y requiere el cumplimiento de requisitos como la apariencia de buen derecho (famus boni iuris), peligro de la mora (periculum in mora) y ponderación de intereses.
En este caso, el análisis preliminar de la Sala determinó que el decreto no vulnera el artículo 130 constitucional, dado que la regulación contempla una corresponsabilidad funcional entre la CNSC y la Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, conforme al Decreto 1144 de 2019 que establece excepciones para sistemas específicos de carrera, como el de la DIAN.
Asimismo, sobre el carácter de los exámenes médicos y psicofísicos, se concluyó que forman parte de la etapa de selección y no del nombramiento, y que la norma establece que aprobar dichas pruebas es condición para integrar la lista de elegibles y ser nombrado, sin generar conflicto normativo.
Respecto a la prueba de polígrafo, la Sala recordó que su uso es excepcionalmente admisible y regulado siempre que sea voluntario, justificado y no eliminatorio, conforme a jurisprudencia previa del Consejo de Estado. El decreto cuestionado cumple con estas condiciones al no imponer la prueba de forma general ni eliminar automáticamente a los aspirantes que no se sometan a ella.
Finalmente, la Sala advirtió que la solicitud de suspensión provisional no estuvo suficientemente sustentada para demostrar un perjuicio irremediable ni la existencia de una infracción manifiesta a normas superiores. Por ello, concluyó que no procede la medida cautelar solicitada.
Decisión
Con base en estos argumentos, el Consejo de Estado negó la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los artículos cuestionados del Decreto 770 de 2021, manteniendo vigentes las normas que regulan el sistema específico de carrera de la DIAN. El expediente continuará su trámite ordinario para resolver la demanda de nulidad planteada, garantizando el cumplimiento de los procedimientos legales correspondientes y la estabilidad en la administración pública.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.