Consejo de Estado revoca negativa a dictamen pericial en proceso tributario contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:44:33
Contexto y antecedentes del caso
La providencia fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación interpuesto por una empresa del sector energético contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La demanda busca la nulidad de una liquidación oficial y una resolución que determinaron el impuesto sobre la renta para el año gravable 2016.
Durante el proceso, la parte demandante solicitó, mediante la reforma de la demanda, la práctica de un dictamen pericial para demostrar que no existió omisión de compras ni irregularidades en el costo registrado en su declaración tributaria. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en un auto de octubre de 2024, negó la solicitud argumentando que la prueba documental aportada era suficiente y que no se acreditó la imposibilidad de aportar el dictamen en el término previsto.
Fundamentos y argumentos en la apelación
La sociedad demandante fundamentó su apelación en los artículos 212 y 218 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regulan la oportunidad para solicitar y aportar pruebas periciales, así como en el artículo 227 del Código General del Proceso (CGP), que prevé la posibilidad de conceder un término adicional cuando el plazo inicial para aportar el dictamen sea insuficiente, siempre que se anuncie oportunamente.
Se argumentó que la prueba pericial es necesaria para realizar un análisis técnico especializado de la contabilidad y así desvirtuar la presunción de omisión de compras establecida por la DIAN. Además, se señaló que la complejidad y volumen de la información justificaban el anuncio de aportar el dictamen dentro del plazo adicional solicitado, sin que ello requiriera demostrar la imposibilidad de hacerlo previamente.
Por su parte, la DIAN sostuvo que el auto recurrido negó la prueba no por extemporaneidad, sino por falta de utilidad y pertinencia, dado que los documentos aportados eran suficientes para resolver el litigio. También señaló que el dictamen pericial no debía suplir la función del juez en la interpretación jurídica de la normatividad contable y tributaria, y que no se acreditó la imposibilidad de aportar la prueba en el término legal.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Consejo de Estado recordó que la prueba pericial debe limitarse a verificar hechos que requieran conocimientos técnicos, científicos o artísticos, y no puede versar sobre puntos de derecho, que son competencia exclusiva del juez. En este caso, el dictamen solicitado incluía aspectos jurídicos, como la procedencia de las glosas y el costo declarado, que serán analizados en la sentencia.
No obstante, el Consejo destacó que los aspectos técnicos relacionados con la posible omisión de compras y las diferencias detectadas por la DIAN sí requieren un análisis especializado y que la prueba pericial es útil para facilitar la valoración integral de estos hechos, complementando la documentación ya aportada.
Asimismo, se concluyó que el anuncio de la parte demandante de aportar el dictamen dentro de un plazo adicional cumple con lo previsto en el artículo 227 del CGP, sin exigir demostración adicional sobre la imposibilidad para entregarlo en el término inicial.
Decisión y efectos procesales
En consecuencia, la Sala revocó el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que negó la práctica del dictamen pericial. Se decretó la práctica de la prueba pericial únicamente para los aspectos técnicos relacionados con la omisión del registro de compras en el año gravable 2016, excluyendo los puntos jurídicos. Además, se otorgó un plazo de veinte (20) días hábiles para que la parte demandante aporte el dictamen.
Esta decisión refuerza la importancia de la prueba pericial en procesos administrativos tributarios cuando se trata de hechos técnicos complejos, garantizando un análisis riguroso y equilibrado que contribuye a la correcta administración de justicia, y sienta un precedente para futuras controversias en materia tributaria donde se requiera un conocimiento técnico especializado para la adecuada valoración de pruebas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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