Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia sobre relaciones laborales encubiertas en Armenia
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 15:10:3
Antecedentes del caso
El caso se originó con una demanda presentada contra un municipio del departamento del Quindío, en la cual se solicitaba la declaración de existencia de una relación laboral entre un profesional del derecho y la entidad pública, desde enero de 2013 hasta diciembre de 2019. La demanda buscaba el reconocimiento de salarios, prestaciones sociales, sanciones moratorias por incumplimientos y la devolución de aportes para pensión y salud realizados durante dicho periodo.
El demandante señaló que prestó sus servicios mediante contratos de prestación de servicios, pero que existió una verdadera relación laboral caracterizada por subordinación, dependencia y cumplimiento de horarios. En primera instancia, un juzgado administrativo accedió parcialmente a las pretensiones. Posteriormente, el Tribunal Administrativo del Quindío confirmó parcialmente dicha decisión mediante sentencia del 17 de julio de 2025.
Recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia
Contra la sentencia del tribunal, se interpuso un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia, argumentando que la decisión contrariaba una sentencia de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado del año 2016. En particular, se cuestionó el cómputo del término de prescripción extintiva para reclamar prestaciones laborales, pues se alegaba que el tribunal erróneamente limitó la relación laboral hasta julio de 2017 y, por ende, declaró prescritas las reclamaciones presentadas en 2022.
Análisis y rechazo del recurso
La Sala Segunda del Consejo de Estado, competente para analizar la admisibilidad del recurso según los artículos 125 y 259 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), recordó que el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia busca garantizar la interpretación y aplicación uniforme del derecho, y solo procede cuando...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.