Contexto y antecedentes del proyecto
El Ministerio del Trabajo anunciaría, en 2025, el proyecto de decreto que llevaría por título "Por medio del cual se adiciona la Sección 8 al Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo y se reglamenta el contrato de las trabajadoras y trabajadores de las artes y la cultura". Este proyecto buscaría complementar y modificar el Decreto 1072 de 2015, con base en la Ley 2466 de 2025, que incorpora un nuevo artículo 41 orientado a la formalización laboral en el sector cultural y artístico.
El decreto se fundamentaría en principios constitucionales relacionados con el trabajo como derecho y obligación social, la libertad de escoger profesión u oficio, y el derecho a condiciones dignas de trabajo. Además, se apoyaría en convenios internacionales como la Convención de la UNESCO de 2005 y varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificados por Colombia, que establecen parámetros mínimos de protección laboral aplicables a este sector.
Propósito y alcance del proyecto de decreto
El proyecto tendría como objetivo principal establecer parámetros y procedimientos para regular las relaciones laborales de las personas que trabajan en las artes y la cultura, en todas sus prácticas, sectores y subsectores, así como en la cadena de creación de la industria cultural y creativa. Buscaría promover la formalización de estas relaciones laborales con contratos escritos, claros y precisos, que determinen condiciones de modo, tiempo, lugar, duración y remuneración, garantizando siempre condiciones dignas.
Los trabajadores y trabajadoras afectados incluirían creadores, gestores, cultores y artistas que desarrollan actividades relacionadas con la investigación, producción, ensayo, presentación, montaje y demás procesos creativos y culturales.
Principales modificaciones y regulaciones propuestas
Entre las disposiciones más relevantes, el proyecto contemplaría:
- La regulación específica del contrato laboral para trabajadores de las artes y la cultura, estableciendo que la relación laboral podrá celebrarse a término indefinido o por períodos determinados, incluso por días, sin afectar las garantías laborales y de seguridad social.
- La obligatoriedad de afiliación y cotización al Sistema de Seguridad Social Integral desde el inicio hasta la terminación de la relación laboral, incluyendo mecanismos para apoyar la cotización en periodos de intermitencia.
- La fijación de condiciones salariales que no podrán ser inferiores a los mínimos legales o convencionales, con reconocimiento de horas extras, recargos y prestaciones sociales.
- La definición clara de jornada laboral, incluyendo tiempos de disposición en locaciones, ensayos, presentaciones y demás actividades inherentes al proceso creativo.
- Medidas para garantizar la provisión de herramientas de trabajo sin trasladar costos al trabajador, salvo acuerdos escritos que establezcan condiciones específicas para el uso de herramientas personales.
- Regulación de los derechos de autor y conexos, estableciendo que el contrato laboral no implicaría la cesión de derechos morales, y permitiendo pactos sobre la cesión patrimonial de derechos, conforme a la legislación vigente.
- Protección expresa de los derechos sobre la propia imagen, voz y cuerpo de los trabajadores del sector, prohibiendo su uso sin consentimiento previo, expreso y escrito, especialmente respecto a tecnologías de clonación digital e inteligencia artificial.
- Posibilidad de promover el uso voluntario de inteligencia artificial generativa en procesos creativos, con capacitaciones y respeto a los derechos de autor y conexos.
- El Ministerio del Trabajo podría expedir actos administrativos para precisar criterios de medición y registro de la jornada laboral, siempre respetando los derechos mínimos y garantizando la seguridad jurídica.
Acciones y supervisión
El proyecto señalaría que el Ministerio del Trabajo tendría la responsabilidad de inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la normatividad laboral y de seguridad social en este sector. Asimismo, se establecería el desarrollo de una herramienta electrónica, disponible en la página web del Ministerio, para facilitar la formalización de los contratos laborales en el sector cultural.
Participación ciudadana y acceso al proyecto
En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015, el proyecto de decreto estaría publicado en el sitio web oficial del Ministerio del Trabajo para consulta pública. Se permitiría la participación de la ciudadanía, trabajadores y empleadores interesados, quienes podrían enviar comentarios y observaciones durante el periodo establecido para la recepción de aportes, contribuyendo así al proceso de elaboración normativa.
Este proyecto de decreto reflejaría un esfuerzo por adaptar el marco jurídico laboral a las particularidades del sector artístico y cultural, promoviendo la formalización, la protección de derechos y la garantía de condiciones dignas para los trabajadores y trabajadoras que hacen parte de esta importante área productiva y cultural del país. Con la implementación de estas medidas se espera fortalecer el reconocimiento y la valoración del trabajo artístico y cultural, fomentando un ambiente laboral justo, equitativo y sostenible para todos los agentes involucrados.