Propósito y objetivo principal del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer un marco normativo claro y operativo para la verificación, control y pago de solicitudes de recobro y cobro relacionadas con tecnologías en salud que no son financiadas con recursos de la UPC ni cubiertas por los Presupuestos Máximos del régimen contributivo y subsidiado. El objetivo principal es garantizar la adecuada gestión y flujo de recursos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), promoviendo el uso eficiente y transparente de los recursos públicos en salud. Esto beneficia principalmente a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), Entidades Adaptadas (EA), proveedores de tecnologías en salud y los usuarios del sistema.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto establece que la ADRES será la encargada de administrar el proceso de verificación, control y pago de recobros/cobros por tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC ni con cargo a los Presupuestos Máximos. Además, regula el manejo de medicamentos expresamente excluidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, que podrán ser prescritos de manera excepcional.
Se incorporan definiciones claras para términos clave como cobro, recobro, comparador administrativo, medicamentos nuevos, procedimientos nuevos y tecnologías en salud expresamente excluidas. Asimismo, se especifican las tecnologías objeto de recobro o cobro, incluyendo los medicamentos Vitales No Disponibles autorizados por el INVIMA, los medicamentos para enfermedades huérfanas, procedimientos nuevos y otros medicamentos excluidos expresamente.
El proyecto regula el uso de la herramienta tecnológica MIPRES para registrar y verificar las prescripciones, así como para asegurar el cumplimiento de requisitos técnicos y administrativos. También se establecen criterios para la validación de prescripciones, la autorización de importación de medicamentos y la participación de la Junta de Profesionales de la Salud en la aprobación de tecnologías excluidas.
Acciones y regulaciones específicas
Entre las medidas propuestas destacan:
- El reconocimiento y pago se calculará con base en el precio de compra al proveedor, considerando valores regulados y deducciones por copagos o cuotas moderadoras.
- El reconocimiento excluye variaciones posteriores en precios o ajustes por inflación.
- Se establece la reliquidación de pagos cuando existan errores en cálculos, valores superiores a los máximos permitidos o discrepancias en facturación.
- Se regulan los procesos para el suministro de medicamentos importados y la certificación de disponibilidades para otros pacientes.
- Se contempla una transitoriedad para solicitudes en trámite, que se regirán por normas anteriores hasta su finalización.
Impacto y alcance potencial
Este proyecto busca fortalecer la gestión financiera y administrativa del SGSSS, asegurando que los recursos públicos destinados a tecnologías de salud se utilicen de forma eficiente. Promueve la transparencia en la gestión de recobros y cobros, contribuyendo a la sostenibilidad del sistema y facilitando la atención oportuna a los pacientes que requieren tecnologías no financiadas con recursos convencionales.
Los sectores beneficiados incluyen las EPS, EA, proveedores de tecnologías en salud y los usuarios afiliados al sistema, especialmente aquellos con enfermedades huérfanas o que requieren medicamentos Vitales No Disponibles. La regulación también responde a mandatos de la Corte Constitucional y al Plan Nacional de Desarrollo, alineándose con objetivos estratégicos de eficiencia en el gasto público en salud.
Participación de actores clave
El proyecto involucra principalmente a la ADRES, como entidad encargada de la administración y control de recursos, al Ministerio de Salud y Protección Social, responsable de la regulación y actualización de normativas, y a las EPS y Entidades Adaptadas, que garantizan el suministro efectivo de las tecnologías en salud. También participan proveedores de servicios y tecnologías en salud y profesionales médicos habilitados para prescribir bajo el sistema MIPRES.
La Junta de Profesionales de la Salud juega un papel fundamental en la aprobación y análisis de tecnologías excluidas, garantizando criterios técnicos y clínicos en el proceso de autorización.
La presente resolución, una vez adoptada, sustituirá las disposiciones anteriores y entrará en vigencia a partir de su publicación oficial, consolidando un marco regulatorio que optimiza la gestión de recursos y mejora la atención en salud para los usuarios del sistema.