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Nuevo Acuerdo del CNJSA Define Lineamientos para Cronograma de Sorteos Extraordinarios de Lotería Tradicional en Colombia

Proviene de: Acuerdos

12 de diciembre de 2025 23:50:5

Tipo de Acuerdo y Entidades Involucradas

El Acuerdo 889 de 2025 es un acto normativo expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) el 5 de diciembre de 2025, el cual deroga el Acuerdo 690 de 2023. Aplica a operadores del juego de lotería tradicional o de billetes, incluyendo departamentos, el Distrito Capital, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, municipios autorizados, Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE), sociedades de economía mixta y demás operadores autorizados, así como asociaciones y formas jurídicas constituidas entre estos entes.

Objeto y Finalidad del Acuerdo

El acuerdo tiene como objeto establecer lineamientos, requisitos, criterios de asignación, procedimientos, plazos procesales y consecuencias jurídicas para la elaboración y gestión del cronograma anual de sorteos extraordinarios. Busca normar la solicitud de asignación de fechas, validación técnica de planes de premios, modificaciones y reasignaciones para garantizar la programación ordenada y eficiente de estos sorteos, reforzando el cumplimiento normativo y la vinculación de los recursos generados al sector salud.

Ámbito de Aplicación

El acuerdo es de aplicación nacional para todos los operadores autorizados por la Ley 643 de 2001 y sus modificaciones, que explotan el monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar mediante la realización de sorteos extraordinarios. Regula la operación de sorteos en modalidades individual, asociada o mixta, en el marco de la explotación pública del juego de lotería tradicional.

Principales Disposiciones y Compromisos

  • Límite de Sorteos: Cada operador podrá realizar hasta dos sorteos extraordinarios anuales, bajo modalidad individual, asociada o mixta, sin superar un sorteo por mes calendario...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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