Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La
Dirección Nacional de Registro Civil, en ejercicio de sus funciones delegadas por el Registrador Nacional del Estado Civil, emitió la
Resolución 15138 de 2025 el 5 de diciembre de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.330 el 10 de diciembre de 2025.
Tema principal y destinatarios
Esta resolución regula la inscripción de nacimientos y defunciones ocurridos en la Clínica Santa Ana de Dios S.A.S., una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) ubicada en Barranquilla, Atlántico. El público destinatario de esta medida incluye a los funcionarios de la Registraduría, personal administrativo de la clínica y, en general, a los ciudadanos que requieran la inscripción de su estado civil en esta institución. La relevancia radica en facilitar el acceso oportuno y directo al registro civil desde el lugar de nacimiento.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental es autorizar formalmente a la Clínica Santa Ana de Dios S.A.S. para realizar inscripciones en el registro civil de nacimiento y defunción, asignándole un código de oficina específico y un rango de cupos numéricos para la asignación del Número Único de Identificación Personal (NUIP). Con esta medida, se pretende optimizar la administración del registro civil y garantizar que los recién nacidos obtengan su identificación oficial de manera ágil y eficiente.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las disposiciones más relevantes, la resolución:
- Autoriza la inscripción de hechos vitales (nacimientos y defunciones) en la Clínica Santa Ana de Dios S.A.S.
- Asigna el código de oficina AGG y un rango de cupos NUIP que va del 1982400965 al 1982420964 para esta institución.
- Establece que las inscripciones seguirán las etapas procesales de recepción, extensión y otorgamiento, conforme al artículo 28 del Decreto Ley 1260 de 1970.
- Adscripción de la clínica a la Registraduría Auxiliar número 4 Villa Country de Barranquilla, que será la encargada de autorizar las inscripciones.
- Obliga a la Registraduría Auxiliar adscrita a remitir mensualmente a la Dirección Nacional de Registro Civil las primeras copias de los registros civiles elaborados en la clínica.
- Establece que la resolución entra en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.
Base legal y normatividad aplicable
La decisión se fundamenta en múltiples normas, entre las que destacan:
- Artículo 266 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 02 de 2015, que otorga al Registrador Nacional del Estado Civil la organización del registro civil.
- Ley 962 de 2005, que crea el Número Único de Identificación Personal (NUIP) y regula su administración.
- Decreto Ley 1260 de 1970, que regula el registro del estado civil y sus etapas.
- Resoluciones previas como la 3571 y 3572 de 2003, que establecieron la estructura del NUIP y la asignación de cupos numéricos.
- Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), que garantiza el acceso gratuito y eficaz al registro civil de nacimiento.
- Resolución 0802 de 2002 y 3167 de 2011, que permiten la inscripción del registro civil en centros clínicos y hospitalarios.
Modificaciones y vigencia
Esta resolución no revoca disposiciones anteriores, sino que amplía y actualiza la autorización para la inscripción en registros civiles en una nueva sede hospitalaria. La asignación del código de oficina y cupos NUIP es una novedad específica para la Clínica Santa Ana de Dios S.A.S. en Atlántico. La norma entra en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, a partir del 10 de diciembre de 2025.
Impacto potencial
La medida facilitará la inscripción inmediata y oficial de los nacimientos y defunciones en la Clínica Santa Ana de Dios, agilizando el trámite para la obtención del NUIP y, por ende, mejorando la identificación legal de las personas desde el nacimiento. Esto contribuye a garantizar derechos fundamentales relacionados con la identidad y acceso a servicios públicos, además de optimizar la gestión documental en el ámbito regional.
En conclusión, la Resolución 15138 de 2025 representa un avance en la implementación de un sistema más accesible y eficiente para la inscripción del estado civil en Colombia, alineado con las normas constitucionales y legales vigentes.