Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios establece primer pago de contribución especial para 2026
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios establece primer pago de contribución especial para 2026
Proviene de: Resoluciones
12 de diciembre de 2025 23:50:47
Entidad emisora, número y fecha
La resolución fue emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, bajo el número SSPD-20251000666045, con fecha del 5 de diciembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.330 el 10 de diciembre de 2025.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula el primer pago anticipado de la contribución especial que deben realizar los prestadores de servicios públicos domiciliarios. Estos prestadores —que incluyen empresas de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas combustible— son los principales destinatarios, pues están sujetos a la inspección, vigilancia y control de la Superservicios. Este grupo es relevante porque su contribución financiera asegura el funcionamiento y la capacidad regulatoria de la entidad estatal encargada de velar por la calidad y continuidad de los servicios públicos.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental es establecer el mecanismo para recaudar anticipadamente la contribución especial correspondiente a la vigencia 2026, con base en la liquidación definitiva del año 2025. Esta contribución financia las actividades de supervisión y control que la Superservicios realiza para garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, conforme a las competencias legales asignadas.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece que los prestadores podrán realizar un primer pago equivalente al 75% del valor total de las contribuciones especiales firmes del año 2025. Este pago podrá efectuarse entre el 2 y el 30 de enero de 2026, mediante diversas modalidades electrónicas y presenciales, incluyendo la plataforma de Pagos Seguros en Línea (PSE), transferencias bancarias y corresponsales autorizados.
En caso de que la liquidación no haya adquirido firmeza al 31 de diciembre de 2025, el primer pago deberá hacerse dentro del mes siguiente a la expedición de la liquidación definitiva. La Superservicios facilitará herramientas digitales para la descarga de recibos y brindará soporte para los diferentes canales de pago.
Posteriormente, cuando se fije la tarifa oficial de la contribución especial para 2026, se realizará la liquidación definitiva a cada prestador, descontando el monto ya cancelado por concepto del primer pago.
Base legal y fundamentos
La resolución se fundamenta en las facultades conferidas por el artículo 79 numeral 5 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 8 numerales 5 y 18 del Decreto 1369 de 2020. Además, se apoya en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994, que autoriza la cobro anual de una contribución especial a los vigilados para cubrir los costos de supervisión. También considera principios presupuestales establecidos en el Decreto 111 de 1996, como los de planificación, anualidad y programación integral.
Asimismo, remite a la jurisprudencia del Consejo de Estado que respalda la facultad de la Superservicios para reglamentar el recaudo y establecer pagos anticipados o primeros pagos de contribuciones.
Impacto potencial
Esta resolución garantiza que la Superintendencia cuente con los recursos financieros necesarios desde el inicio de la vigencia fiscal 2026 para ejercer su función de supervisión y control, contribuyendo a la mejora continua en la calidad, eficiencia y continuidad de los servicios públicos domiciliarios. Para los prestadores, implica una obligación anticipada de pago que facilita la planificación financiera tanto de la entidad reguladora como de las empresas vigiladas.
En síntesis, la medida busca equilibrar la sostenibilidad institucional con el cumplimiento normativo de los prestadores, dentro de un marco legal claro y con mecanismos modernos de pago que facilitan el cumplimiento de esta obligación. De esta manera, se fortalece el sistema de servicios públicos domiciliarios en Colombia, asegurando la continuidad y calidad que requieren todos los usuarios.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.