Contexto y tribunal
El auto interlocutorio fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en Bogotá, dentro de un proceso de acción de nulidad y restablecimiento del derecho que involucra a una empresa demandante y la Superintendencia de Industria y Comercio como entidad demandada. El trámite se encuentra en una etapa avanzada, tras la solicitud de desistimiento de pruebas y la necesidad de que las partes presenten sus alegatos de conclusión. Antecedentes procesales y fácticos
El proceso judicial se originó por una acción de nulidad y restablecimiento del derecho planteada por la parte demandante contra una decisión administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio. Durante la etapa probatoria, se decretaron pruebas testimoniales que, sin embargo, no llegaron a practicarse. En este contexto, la parte demandante solicitó desistir de dichas pruebas. Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto interlocutorio se fundamenta en el artículo 175 del Código General del Proceso, aplicado por remisión del artículo 168 del Código Contencioso Administrativo, que establece que las partes pueden desistir de pruebas no practicadas que hubieran solicitado. En consecuencia, la Sala admitió el desistimiento de las pruebas testimoniales decretadas pero no ejecutadas. Además, el Despacho ordenó a la Secretaría de la Sección Primera que descargue del Sistema de Información de Propiedad Industrial (SIPI) el reporte actualizado sobre el estado de los registros marcarios que son objeto del proceso. Este reporte se incorporará al expediente y se notificará a las partes, quienes dispondrán de un término de tres días para revisar esta información. Finalmente, conforme al inciso...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles