Consejo de Estado ordena prescindir de audiencia inicial en acción de nulidad relativa contra resolución de registro de marca
Consejo de Estado ordena prescindir de audiencia inicial en acción de nulidad relativa contra resolución de registro de marca
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:27:17
Contexto y tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia en esta materia. Se trata de un auto interlocutorio emitido en el trámite de una acción de nulidad relativa, proceso mediante el cual se cuestiona la legalidad de un acto administrativo. En este caso, la demanda fue presentada contra una resolución expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad responsable de conceder registros de marcas en Colombia.
Antecedentes del caso
El proceso se originó con la presentación de una demanda que busca declarar la nulidad de la Resolución 4810 de 14 de febrero de 2017, mediante la cual la SIC otorgó el registro de la marca nominativa “COMPEX” a una sociedad interesada. La parte demandante cuestiona la legalidad de esa resolución, señalando presuntas vulneraciones a normas constitucionales y comunitarias, en particular los artículos 29 de la Constitución Política y 134 y 136 literal a) de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Tras la admisión de la demanda y la vinculación del tercero con interés, la SIC presentó contestación oportuna, mientras que el tercero guardó silencio. El expediente contiene únicamente pruebas documentales aportadas con la demanda y su contestación, sin solicitud de pruebas adicionales.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Despacho judicial aplicó el artículo 182A del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), adicionado por la Ley 2080 de 2021, que regula la sentencia anticipada. Este precepto permite dictar sentencia sin audiencia inicial cuando se trate de asuntos...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.