Consejo de Estado admite demanda contra decreto que modifica reglamento de juegos de suerte y azar
Consejo de Estado admite demanda contra decreto que modifica reglamento de juegos de suerte y azar
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:33:11
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo en Colombia. La decisión corresponde a un auto interlocutorio de admisión de demanda en primera instancia dentro del proceso de nulidad instaurado contra un decreto presidencial.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por particulares en ejercicio del medio de control de nulidad, conforme al artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El objeto del proceso es la solicitud para declarar la nulidad del Decreto 1486 de 2024, que modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, reglamento único del sector Hacienda y Crédito Público, en materia de juegos de suerte y azar, específicamente rifas.
El decreto impugnado fue expedido por el Presidente de la República y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 13 de diciembre de 2024. La demanda busca además la suspensión provisional de la norma mientras se resuelve el fondo del asunto.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado verificó que la demanda cumple con las formalidades legales establecidas en los artículos 162 a 166 del CPACA, razón por la cual decidió admitirla para su trámite. De acuerdo con el auto interlocutorio, se ordenó notificar personalmente a las entidades demandadas —Presidencia de la República y Ministerio de Hacienda y Crédito Público—, así como al Procurador Delegado ante la Sección Primera y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, conforme a las disposiciones vigentes del CPACA y la Ley 2080 de 2021, que reformó algunos procedimientos para descongestionar la jurisdicción administrativa.
Asimismo, se concedió un término de treinta (30) días para que las partes demandadas contesten la demanda, presenten excepciones, ofrezcan pruebas o llamen en garantía, en cumplimiento del artículo 172 del CPACA. Durante este plazo deberán aportar los antecedentes administrativos relacionados con la expedición del decreto, advirtiendo que la omisión de esta obligación puede constituir falta disciplinaria.
Finalmente, el auto ordena informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través del sitio web oficial del Consejo de Estado, en cumplimiento con el numeral 5 del artículo 171 del CPACA, garantizando así la transparencia y publicidad del trámite.
Importancia del proceso
Este auto interlocutorio marca el inicio formal de un proceso judicial con repercusiones en la regulación de los juegos de suerte y azar en Colombia. La admisión de la demanda implica que el Consejo de Estado analizará la legalidad del decreto reglamentario, evaluando si cumple con los parámetros constitucionales y legales que rigen la expedición de normas.
El caso ejemplifica el ejercicio efectivo del control judicial sobre actos administrativos y reglamentarios que afectan derechos o intereses de particulares y sectores específicos, consolidando el papel del Consejo de Estado como garante del Estado de derecho y la legalidad en la administración pública.
Este proceso será seguido de cerca por distintos sectores interesados, dado que la resolución final podría establecer precedentes importantes sobre la regulación de las actividades relacionadas con juegos de suerte y azar, además de impactar en la política pública y el control normativo en dicho ámbito.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.