Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera, Subsección C, emitió un auto el 4 de diciembre de 2025 que decreta pruebas en el marco de un recurso extraordinario de revisión. Esta decisión se dio en la etapa procesal correspondiente a la admisión del recurso, cuyo objeto es revisar una sentencia de segunda instancia emitida por un tribunal administrativo regional en 2017, relacionada con un proceso de reparación directa por ejecución extrajudicial.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso original involucra una demanda contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, en la que se reclamaba reparación por la muerte de una persona en circunstancias presumiblemente irregulares. En 2024, los demandantes presentaron un recurso extraordinario de revisión invocando dos causales previstas en el artículo 250 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA): la aparición posterior de documentos decisivos y el uso de documentos falsos o adulterados en la sentencia original.
El recurso se sustentó en documentos aportados, entre ellos un auto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de noviembre de 2023, que reconoció a la víctima como tal y atribuyó su muerte a miembros del Ejército en una supuesta estrategia para cumplir indicadores militares. También se incluyó certificación de ejecutoria y grabaciones de audiencias públicas de reconocimiento y aceptación de responsabilidad realizadas en 2024.
Consideraciones esenciales de la providencia
El magistrado ponente, con base en el artículo 125 del CPACA, declaró competente a la Sala para resolver el decreto de pruebas. En atención a los argumentos y documentos presentados, el auto ordena la práctica de diversas pruebas que se consideran pertinentes, útiles y conducentes para esclarecer los hechos y garantizar el derecho a la defensa y a la verdad.
Entre las pruebas decretadas están:
- El auto proferido por la JEP en noviembre de 2023 y su constancia de ejecutoria.
- La certificación emitida por un magistrado de la JEP sobre audiencias públicas celebradas en agosto de 2024.
- Las grabaciones de dichas audiencias públicas disponibles en plataforma digital.
- Documentos relacionados con versiones voluntarias rendidas ante la JEP por un militar profesional presuntamente involucrado en los hechos.
- El expediente completo del proceso de reparación directa original, así como las sentencias de primera y segunda instancia del mismo.
Además, la Sala ordenó oficios a las autoridades competentes para que suministren los documentos y pruebas indicadas, y otorgó traslado a las partes para que se pronuncien sobre los nuevos elementos probatorios.
Implicaciones procesales
Esta providencia refleja la aplicación rigurosa del marco legal vigente, especialmente en materia probatoria, al contemplar la posibilidad de practicar pruebas de oficio para garantizar la justicia material en casos de violaciones graves a los derechos humanos. Asimismo, pone de manifiesto la interacción entre la jurisdicción contencioso administrativa y la justicia transicional, a través de la incorporación de documentos y versiones aportadas por la JEP.
El auto busca asegurar que el recurso extraordinario de revisión se resuelva con base en un análisis completo y fundamentado, atendiendo a las causales invocadas y respetando los derechos fundamentales de las partes involucradas.
La decisión destaca la relevancia de los mecanismos judiciales para revisar sentencias firmes cuando surgen elementos nuevos que pueden alterar la verdad jurídica, así como la necesidad de integrar diferentes fuentes de información para una adecuada administración de justicia.
Con esta resolución, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la protección de los derechos humanos y la búsqueda de la verdad en procesos judiciales complejos, garantizando que ningún hecho relevante quede sin ser debidamente valorado en la revisión de sentencias que impactan gravemente a las víctimas y sus familiares.