Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en proceso contencioso administrativo
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:51:40
Tribunal y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis es un auto proferido por la Sala Veintisiete Especial de Decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa en Colombia. La decisión se expidió en el marco de un recurso extraordinario de revisión, y tiene por objeto aprobar la liquidación de costas ordenada en sentencia previa.
Antecedentes fácticos y procesales
En octubre de 2025, el Consejo de Estado emitió sentencia en un proceso contencioso administrativo declarando infundado el recurso extraordinario de revisión presentado por la parte demandante, y condenándola al pago de costas a favor de la parte demandada. La condena en costas se fundamentó exclusivamente en agencias en derecho, sin reconocimiento de gastos o expensas adicionales. El monto fijado para las agencias en derecho correspondió a un salario mínimo legal mensual vigente.
Posteriormente, la Secretaría de la Sección Quinta del Consejo de Estado realizó la liquidación de costas el 24 de noviembre de 2025, estableciendo un total de $1.423.500, suma correspondiente al salario mínimo legal para el año 2025, según el Decreto 1572 del 24 de diciembre de 2024. No se incluyeron gastos ni expensas en la liquidación.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El despacho que conoce del recurso extraordinario de revisión declaró su competencia para aprobar la liquidación de costas conforme a lo previsto en el artículo 125 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 366 del Código General del Proceso. Este último artículo establece que la Secretaría debe realizar la liquidación y el juez o magistrado competente debe aprobarla o rehacerla.
Al analizar la liquidación presentada, el tribunal verificó que el monto por agencias en derecho fue calculado correctamente, correspondiendo a un salario mínimo legal mensual vigente en la fecha de la sentencia. Dado que no se reconocieron otros gastos procesales, la liquidación total fue adecuada y conforme a derecho.
En consecuencia, la Sala Veintisiete Especial de Decisión aprobó el auto que confirma la liquidación de costas por un valor total de $1.423.500, que deberá ser pagado por la parte recurrente en favor de la parte demandada, en concordancia con la sentencia que resolvió el fondo del asunto.
Resumen final
Esta providencia judicial reafirma la importancia de la liquidación precisa y conforme a la ley de las costas procesales en los procesos contencioso administrativos. La aprobación judicial de la liquidación garantiza la seguridad jurídica y el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas de la condena en costas, en estricto apego a las normas procesales vigentes. Así, se fortalece la confianza en el sistema judicial y se asegura que las partes involucradas asuman las responsabilidades económicas que les corresponden, en atención a las decisiones emitidas por la máxima autoridad administrativa del país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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