Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue expedida por la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) con el número 1092, fechada el 11 de diciembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.335 el 15 de diciembre de 2025.
Tema principal y destinatarios
El tema central de esta resolución es la adopción e implementación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico (PPDA) para el periodo 2026-2027. La política está dirigida a todos los servidores públicos y contratistas vinculados a la JEP, especialmente a aquellos que participan en la expedición de actos administrativos y en la supervisión de contratos, dado que sus actuaciones pueden generar riesgos de litigiosidad o daños patrimoniales para la entidad.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es establecer un marco institucional para prevenir situaciones administrativas, técnicas, jurídicas o de otro tipo que puedan implicar reclamaciones judiciales contra la JEP, conforme a lo previsto en el artículo 90 de la Constitución Política de 1991. La finalidad es mitigar el daño antijurídico y fortalecer la defensa jurídica de la entidad, evitando condenas patrimoniales derivadas de acciones u omisiones de sus agentes.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución adopta formalmente la Política de Prevención del Daño Antijurídico para 2026-2027, la cual forma parte integral del acto administrativo. Se designa a la Secretaría Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la JEP para verificar la implementación, seguimiento y control del plan de acción contemplado en la política.
Además, se establece que la actualización y ajustes de la política se realizarán bianualmente o cuando sea necesario, conforme a los lineamientos que determine la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE). Se ordena comunicar el contenido de la resolución a las Subdirecciones de Planeación y Control Interno para los trámites administrativos correspondientes. La política entrará en vigencia a partir de su publicación en la página web de la JEP.
Base legal y normativa aplicable
La resolución se fundamenta en diversas normas, entre ellas:
- Artículo 90 de la Constitución Política de 1991, que establece la responsabilidad patrimonial del Estado por daños antijurídicos.
- Acto Legislativo 01 de 2017 y Ley 1957 de 2019, que regulan la organización y funciones de la JEP.
- Decreto 2107 de 2017 y Acuerdo ASP 001 de 2020, que regulan aspectos internos de la JEP.
- Ley 2220 de 2022, que define el Comité de Conciliación y sus funciones en materia de prevención del daño antijurídico.
- Resolución 772 de 2024 de la Secretaría Ejecutiva de la JEP, que actualiza el Comité de Conciliación y Defensa Judicial.
- Circular Externa No. 07 de septiembre de 2025 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, que establece lineamientos para la formulación y seguimiento de políticas preventivas.
Modificaciones a normativas previas
La resolución actualiza y reemplaza las políticas de prevención del daño antijurídico adoptadas anteriormente por la JEP mediante las Resoluciones 2230 de 2019, 858 de 2021 y 1115 de 2023, adaptando la política a un nuevo contexto marcado por un incremento significativo en la litigiosidad contra la entidad.
Plazos y vigencia
La política tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, con evaluaciones bianuales para determinar posibles actualizaciones o ajustes conforme a los resultados obtenidos y las directrices de la ANDJE.
Impacto potencial
Esta política busca fortalecer la gestión preventiva en la JEP para reducir la exposición a demandas y reclamaciones judiciales que puedan afectar el patrimonio público. Al implementar mecanismos como la actualización de guías para la expedición de actos administrativos y capacitaciones para evitar la configuración del contrato realidad, se espera mejorar la calidad y legalidad de las actuaciones administrativas. La estructura de seguimiento y evaluación con indicadores precisos permitirá medir el impacto de las medidas adoptadas, contribuyendo a un ejercicio más eficiente y seguro de la función pública dentro del marco de la Jurisdicción Especial para la Paz.
En conclusión, la Resolución 1092 de 2025 representa un paso institucional relevante para la JEP en la protección de sus intereses jurídicos y patrimoniales, alineándose con las directrices nacionales en materia de defensa jurídica del Estado y prevención del daño antijurídico. Con esta política, la JEP reafirma su compromiso de garantizar una gestión pública transparente, eficiente y ajustada al marco legal, contribuyendo así a la consolidación de la paz y la justicia en Colombia.