Superintendencia de Sociedades propone adición de capítulos a la circular básica contable sobre regímenes especiales, insolvencia y liquidación voluntaria
Proviene de: Proyectos de Circular
19 de diciembre de 2025 15:26:4
El proyecto de circular externa propuesto por la Superintendencia de Sociedades incorpora tres capítulos nuevos a la Circular Básica Contable vigente desde julio de 2022, con el fin de establecer lineamientos técnicos específicos para distintos sectores y procesos empresariales.
Capítulo V: regímenes especiales
Este capítulo aborda la regulación contable para varios tipos de sociedades bajo supervisión, tales como compañías multinivel, sociedades administradoras de planes de autofinanciamiento comercial (SAPAC), entidades que operan libranza o descuento directo, sociedades de factoring sujetas a la vigilancia de la Superintendencia, y clubes de fútbol con deportistas profesionales.
Para las compañías multinivel, se definen conceptos clave como honorarios por reclutamiento, honorarios por volumen de ventas en red, premios no monetarios, compensaciones acumulables, venta directa y comisiones, estableciendo criterios para el reconocimiento, medición y revelación contable de estas operaciones, acorde con los marcos normativos vigentes (NIIF Full, NIIF para Pymes o contabilidad simplificada). Se enfatiza la conservación de soportes contables que respalden las transacciones.
En cuanto a las SAPAC, se destacan definiciones contractuales, el marco legal aplicable y la necesidad de constituir un patrimonio autónomo para separar los recursos de los suscriptores del patrimonio de la sociedad administradora. Se regulan el reconocimiento inicial, la medición posterior, deterioro, baja en cuentas e ingresos ordinarios asociados a los planes de autofinanciamiento, así como condiciones financieras como capital social mínimo, indicador de solidez patrimonial y límites de apalancamiento.
Las entidades supervisadas que realizan operaciones de libranza o descuento directo se rigen por leyes específicas y deben aplicar los marcos de información financiera vigentes. Se establecen pautas para el reconocimiento inicial, medición posterior y deterioro de créditos originados, intereses, amortización, intereses por mora, deterioro de cartera y operaciones de venta de cartera con o sin responsabilidad. Se fija la obligación de conservar documentación soporte.
Las sociedades de factoring bajo vigilancia de la Superintendencia deben cumplir con el marco legal aplicable y mantener registros contables rigurosos para operaciones con o sin recurso. Se establecen criterios para el reconocimiento inicial, medición posterior, deterioro, baja en cuentas y revelaciones especiales que permitan comprender la naturaleza y riesgos de estas operaciones.
Finalmente, para los clubes de fútbol con deportistas profesionales, se definen activos intangibles relevantes como derechos deportivos, marca y derecho de afiliación, así como ingresos, costos y gastos específicos. Se regulan transferencias de derechos deportivos, reconocimiento contable y revelaciones asociadas.
Capítulo VI: régimen de insolvencia
Este capítulo regula los procesos de reorganización y liquidación judicial bajo la Ley 1116 de 2006 y la reciente Ley 2437 de 2024, que introduce mecanismos expeditos para MiPymes. Se establecen requisitos para la admisión a procesos, incluyendo la presentación de estados financieros certificados y dictaminados, inventarios, certificaciones y dictámenes de revisor fiscal cuando apliquen.
Se establecen lineamientos para la preparación y auditoría de estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha o en liquidación, la evaluación de indicadores de deterioro, y la obligación de normalizar el pasivo pensional mediante mecanismos como la conmutación o asunción por terceros, garantizando la continuidad y suficiencia del pago.
Además, se detallan mecanismos de alivio financiero y reactivación empresarial, negociación de acuerdos de reorganización, procedimientos de recuperación en las cámaras de comercio, y procesos abreviados para pequeñas insolvencias.
Capítulo VII: liquidación voluntaria
En este capítulo se regulan los aspectos contables y legales relacionados con la liquidación voluntaria de sociedades. Se define el inventario del patrimonio social, que debe incluir activos, pasivos (con detalle de acreedores y vencimientos), patrimonio y revelaciones complementarias.
Se establece la obligación de constituir reservas para obligaciones condicionales o litigiosas, garantizando su pago eventual conforme a la prelación legal. Se regulan procedimientos para la distribución de remanentes, incluyendo distribuciones anticipadas y casos de fusión o escisión durante la liquidación.
Finalmente, se contemplan las condiciones y procedimientos para la reactivación y reconstitución de sociedades en liquidación, siempre que no se haya iniciado la distribución de remanentes y el pasivo externo no supere el 70% de los activos.
Impacto y vigencia
El proyecto de circular externa busca fortalecer la supervisión, control y transparencia en la información financiera de múltiples sectores bajo la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades. Las disposiciones afectan a representantes legales, contadores, revisores fiscales y liquidadores de sociedades, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales.
Se espera que esta normativa sea expedida en acto administrativo de carácter general, estableciendo términos, condiciones y especificaciones para la presentación y revelación de información financiera, con efectos desde su publicación y cumplimiento obligatorio.
Este desarrollo normativo contribuye a la adecuada gestión contable y financiera, alineada con los principios de reconocimiento, medición, presentación y revelación previstos en los marcos técnicos de información financiera vigentes en Colombia, promoviendo así la transparencia y confianza en los mercados y la protección de los derechos de los diversos actores involucrados.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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