Contexto y propósito del decreto
El Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante el Decreto 1401 de 2025, publicado el 23 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial No. 53.345, establece el procedimiento para la reserva de plazas para personas con discapacidad en los concursos de ingreso y ascenso dentro del sistema general de carrera administrativa. Esta medida responde a mandatos constitucionales y legales que promueven la igualdad real y efectiva, la inclusión laboral y la no discriminación para grupos vulnerables, en particular para las personas con discapacidad.
El decreto se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, la Ley 2418 de 2024, la Ley 361 de 1997, la Ley Estatutaria 1618 de 2013, la Ley 909 de 2004 y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otras normas. Su relevancia social y administrativa radica en promover la inclusión laboral dentro del sector público, asegurando que estas personas tengan acceso a empleos públicos bajo el principio del mérito y con las adaptaciones necesarias para superar barreras físicas, comunicativas y actitudinales.
Medidas y disposiciones clave
El Decreto adiciona el Capítulo 4 al Título 12 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, el cual regula los siguientes aspectos:
- Reserva de plazas: Se establece que al menos el 7% de las vacantes ofertadas en concursos de ingreso y el 7% en concursos de ascenso deberán reservarse para personas con discapacidad.
- Procedimiento de provisión: Las entidades públicas deben identificar vacantes en niveles asesor, profesional, técnico, asistencial e instructor y aplicar los porcentajes de reserva conforme a la Ley 909 de 2004 y la Ley 2418 de 2024.
- Acreditación de discapacidad: Los aspirantes deben registrarse en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (SIMO) y presentar certificado expedido según el procedimiento del Ministerio de Salud y Protección Social.
- Ajustes razonables: Se adoptarán metodologías y adaptaciones para garantizar la accesibilidad y la equidad en las pruebas de selección sin afectar su validez ni confiabilidad.
- Exención de pago: Las personas con discapacidad estarán exentas del pago de derechos de participación en los procesos, los cuales serán asumidos por las entidades públicas, conforme a la disponibilidad presupuestal.
- Listas de elegibles: Se expedirá una lista independiente y ordenada por mérito para las plazas reservadas, utilizada exclusivamente para proveer dichas vacantes.
- Declaratoria de desierto y reasignación: Si no se presentan suficientes aspirantes para los concursos de ascenso, las plazas pasarán a la modalidad de ingreso abierto para personas con discapacidad.
- Régimen de transición: Los concursos en curso antes de la entrada en vigencia del decreto no se regirán por las nuevas disposiciones.
Ámbito de aplicación e implicaciones
El decreto aplica a todos los órganos, organismos y entidades públicas que conforman el sistema general de carrera administrativa en Colombia, abarcando los niveles mencionados y afectando directamente a funcionarios, aspirantes y entidades involucradas en procesos de selección pública.
Además, se establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil es responsable de implementar las adaptaciones tecnológicas y ajustes necesarios para garantizar la accesibilidad y equidad en los concursos, siempre que exista disponibilidad presupuestal para ello.
Base legal y vigencia
El decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales del Presidente de la República, en concordancia con la Ley 2418 de 2024 y demás normas citadas. Rige a partir del día siguiente a su publicación, adicionando un capítulo al Decreto 1083 de 2015, sin derogar expresamente actos previos pero estableciendo un régimen específico para la reserva de plazas.
Llamado a la participación
El decreto enfatiza la importancia de que las entidades públicas adopten estas disposiciones para avanzar en la inclusión laboral efectiva de las personas con discapacidad, garantizando igualdad de oportunidades y la eliminación de barreras en el acceso al empleo público. Se convoca también a la ciudadanía y a los grupos de interés a conocer y participar en las medidas adoptadas, que buscan construir un sector público más equitativo e incluyente.
De esta manera, se espera fortalecer la presencia y participación de las personas con discapacidad en el sector público, promoviendo un ambiente laboral más diverso, accesible e inclusivo que refleje el compromiso del Estado con los derechos humanos y el desarrollo social sostenible.