Decreto 1482 de 2025: Prórroga de la suspensión general de permisos para porte de armas en Colombia
Proviene de: Decretos
8 de enero de 2026 15:29:13
Contexto y propósito del Decreto 1482 de 2025
El Ministerio de Defensa Nacional, mediante el Decreto 1482 de 2025, publicado en el Diario Oficial No. 53.354 con fecha 31 de diciembre de 2025, prorrogó la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional. Esta decisión se fundamenta en las facultades constitucionales del Presidente de la República, especialmente las conferidas por los numerales 3 y 4 del Artículo 189 de la Constitución Política, así como en la normatividad secundaria aplicable.
El propósito principal del decreto es garantizar la protección del derecho fundamental a la vida y mantener el orden público, en consonancia con los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que prioriza la prevención de muertes violentas relacionadas con el uso de armas de fuego. La medida responde a la necesidad de fortalecer las acciones estatales para la conservación del orden público y la seguridad ciudadana.
Medidas establecidas y alcance
El decreto establece la prórroga de la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego, conforme a los términos y condiciones previstos en el Decreto número 2362 del 24 de diciembre de 2018. En este sentido, las autoridades militares encargadas de la seguridad y el control, en concordancia con el Artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, deben adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva esta suspensión desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
La suspensión aplica de manera integral en todo el territorio nacional, afectando a todos los ciudadanos que podrían solicitar o renovar permisos para el porte de armas de fuego. Las autoridades competentes tienen la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de esta disposición, lo que implica un control riguroso para evitar la circulación legal de armas de fuego durante el periodo señalado.
Ámbito de aplicación y excepciones
El ámbito de aplicación es nacional, abarcando todas las regiones y municipios del país. La medida afecta directamente a los ciudadanos que requieren permisos para el porte de armas y a las autoridades militares encargadas de su expedición y control.
El decreto no especifica excepciones en el texto analizado, por lo que se entiende que la suspensión es general y obligatoria para todos los casos regulares de expedición de permisos para porte de armas de fuego.
Implicaciones para la ciudadanía y entidades
Esta prórroga implica para la ciudadanía una restricción temporal en el acceso legal al porte de armas de fuego, con el fin de promover la seguridad y reducir el riesgo de violencia armada. Para las entidades de control, representa un mandato claro para fortalecer las acciones de vigilancia y control en materia de armas.
El llamado es a la colaboración de todos los ciudadanos y funcionarios públicos para respetar y acatar las disposiciones del decreto, contribuyendo así a la protección de la vida y al mantenimiento del orden público.
Base legal y vigencia
El decreto se expide con base en las facultades constitucionales y legales del Presidente de la República, especialmente los numerales 3 y 4 del Artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el Artículo 41 del Decreto 2535 de 1993 y el Artículo 10 de la Ley 1119 de 2006. Entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación, es decir, el 31 de diciembre de 2025, y su aplicación es efectiva durante todo el año 2026.
No se reportan modificaciones ni derogaciones de actos administrativos previos más allá de la prórroga establecida para la suspensión general de los permisos para porte de armas de fuego.
Esta medida reafirma el compromiso del Estado colombiano con la seguridad ciudadana y la protección de los derechos fundamentales, buscando reducir los índices de violencia armada en el país a través de controles estrictos y políticas preventivas. Se recomienda a la población mantenerse informada sobre las disposiciones legales vigentes y colaborar con las autoridades para garantizar su cumplimiento efectivo.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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