Contexto y propósito del Decreto 1485 de 2025
El Decreto 1485 de 2025, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Diario Oficial No. 53.354, tiene como finalidad sustituir el Título 17 del Libro 2, Parte 2 del Decreto 1833 de 2016, que regula el “Mecanismo de cobertura de deslizamiento del salario mínimo” dentro del Sistema General de Pensiones. Esta actualización responde a la necesidad de ajustar el mecanismo para hacerlo más eficiente y acorde con las fluctuaciones económicas actuales, y preservar el equilibrio financiero y actuarial del sistema de pensiones.
Medidas y disposiciones principales
El decreto redefine el mecanismo de cobertura que protege a las pensiones de renta vitalicia inmediata y diferida cuyo monto sea igual o cercano a un salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV). Se establece que la cobertura solo aplicará cuando la pensión alcance el valor del salario mínimo vigente. Asimismo, se elimina la posibilidad de incluir pensiones que hayan accedido a “excedentes de libre disponibilidad”, evitando un doble beneficio.
Se actualiza el parámetro técnico para calcular el deslizamiento del salario mínimo, que ahora será el mayor valor entre:
- El promedio aritmético del crecimiento real anual de la productividad en los últimos diez años, según el comité tripartito de productividad.
- El 35% del promedio de la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el DANE en el mismo periodo.
Este parámetro será publicado anualmente por la Oficina de Bonos Pensionales (OBP), entidad responsable además de administrar la inscripción, cálculo y pago de la cobertura.
El decreto establece también que no se reconocerán intereses por el tiempo transcurrido desde el inicio del año hasta el pago de la cobertura, suprimiendo una práctica anterior que generaba intereses causados por períodos mínimos de seis meses.
Ámbito de aplicación y entidades involucradas
El mecanismo regulado por el decreto aplica a nivel nacional, afectando a las aseguradoras que administran rentas vitalicias bajo el régimen de pensiones establecido por la Ley 100 de 1993. Estas aseguradoras son responsables de verificar la elegibilidad de las rentas para el mecanismo y de presentar la documentación requerida para su inscripción ante la OBP.
La Oficina de Bonos Pensionales, dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es la encargada de coordinar el proceso, incluyendo la validación, inscripción, cálculo de la cobertura y pago a las aseguradoras. Además, estas entidades deben garantizar la actualización y veracidad de la información reportada, bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Implicaciones para la ciudadanía y el sistema pensional
Para los pensionados con rentas vitalicias equivalentes o cercanas a un salario mínimo, el decreto garantiza una protección ajustada frente a incrementos del salario mínimo que superen la inflación, asegurando que sus mesadas no queden rezagadas. Al mismo tiempo, el ajuste en los parámetros y procedimientos busca evitar desequilibrios financieros en el sistema y optimizar el uso de los recursos públicos destinados a estas coberturas.
El decreto también establece procedimientos claros para la preinscripción e inscripción anual de las rentas, así como para el cálculo y pago de las coberturas, promoviendo transparencia y eficiencia administrativa.
Base legal, vigencia y derogaciones
El decreto se fundamenta en las atribuciones constitucionales conferidas al Presidente de la República, en especial los numerales 11 y 25 del artículo 189, así como en el parágrafo del artículo 14 de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones mediante la Ley 1328 de 2009. Entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación y deroga el Título 17 del Libro 2, Parte 2 del Decreto 1833 de 2016, incorporando las nuevas disposiciones.
Llamado a las entidades y actores involucrados
Se insta a las aseguradoras de vida y demás entidades vinculadas a adoptar las nuevas disposiciones y a cumplir con los procesos de preinscripción, inscripción y reporte de información conforme a los plazos y requisitos establecidos. Asimismo, se convoca a la Oficina de Bonos Pensionales a garantizar la adecuada implementación y supervisión del mecanismo.
Este decreto representa una actualización técnica y administrativa relevante para el sistema pensional colombiano, orientada a proteger los derechos de los pensionados y mantener la sostenibilidad financiera del mecanismo de cobertura del deslizamiento del salario mínimo. Con estas medidas, se espera fortalecer la confianza en el sistema de pensiones y asegurar una mejor calidad de vida para los beneficiarios en el largo plazo.