Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución conjunta CVC 15733 y DAGMA 4133010210964, del 31 de diciembre de 2025, fue expedida por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA) y el Jefe del Área Protegida Parque Nacional Natural Farallones de Cali, perteneciente a la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales de Colombia (UAEPNNC). Esta acción se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas la Ley 99 de 1993, que creó el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y estableció las competencias para la gestión y concesión de recursos naturales renovables, así como los Decretos 2811 de 1974 y 1076 de 2015, que regulan el uso del agua y el ordenamiento ambiental.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la reglamentación general del uso del agua proveniente de los ríos Cali, Aguacatal y otras fuentes priorizadas dentro de la cuenca Cali, que atraviesan el distrito especial de Santiago de Cali. Esta reglamentación está dirigida principalmente a los usuarios del recurso hídrico, incluyendo comunidades, sectores productivos y autoridades locales, quienes son esenciales para asegurar un manejo equilibrado del agua debido a la creciente demanda y conflictos existentes por su uso.
Finalidad y principales disposiciones
El objetivo de la resolución es ordenar de manera integral el aprovechamiento de las aguas superficiales en la cuenca Cali, procurando una distribución equitativa y sostenible que considere las condiciones ambientales y sociales actuales. Para ello, se establece un proceso de reglamentación que incluye:
- La identificación y priorización de las fuentes hídricas con conflictos o alta demanda.
- La realización de visitas oculares y estudios técnicos por parte de funcionarios designados por las entidades ambientales.
- La participación comunitaria mediante talleres y publicación de avisos para la presentación de objeciones.
- La elaboración y socialización de un proyecto de distribución de aguas basado en estudios y censos de usuarios.
- La emisión de resoluciones definitivas que reglamenten el uso del agua, publicadas en medios oficiales y webs institucionales.
Además, se prevé que fuentes adicionales puedan incorporarse al proceso de reglamentación si se detectan situaciones de conflicto que así lo justifiquen.
Marco legal y procedimientos
La resolución se apoya en las facultades otorgadas por la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015, que regulan la gestión del recurso hídrico y establecen procedimientos para la reglamentación, revisión y modificación de concesiones y usos de aguas públicas. Se establecen plazos específicos para las publicaciones de avisos (mínimo diez días antes de visitas oculares) y para la recepción de objeciones (veinte días tras el último aviso), garantizando la participación ciudadana y la transparencia en el proceso.
Impacto esperado y alcance territorial
Este acto administrativo tiene un impacto significativo en la gestión ambiental y el desarrollo sostenible del Valle del Cauca, especialmente en Santiago de Cali, al responder a la presión sobre los recursos hídricos que pone en riesgo tanto actividades socioeconómicas como ecosistemas locales. La reglamentación pretende prevenir conflictos, mejorar la distribución y promover un uso racional del agua, contribuyendo así a la preservación del recurso y al bienestar de la población.
La resolución entra en vigor desde su publicación en las páginas web oficiales de las entidades responsables, en cumplimiento con la Ley 99 de 1993 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011, reformada por la Ley 2080 de 2021). De esta manera, se da un paso importante hacia la gestión sostenible del agua en la región, fomentando la colaboración entre autoridades, usuarios y comunidades para garantizar la disponibilidad y calidad del recurso hídrico para las generaciones presentes y futuras.