Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue emitida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), específicamente por la Dirección Territorial de Nariño, bajo el número 86-573-0004, con fecha de emisión del 29 de diciembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.354 el 31 de diciembre de 2025.
Tema principal y destinatarios
El tema central de esta resolución es la aprobación de los valores comerciales derivados del estudio del componente económico para la formación y actualización catastral, con un enfoque multipropósito, aplicado al municipio de Puerto Leguízamo, en el departamento del Putumayo. El destinatario principal es la administración municipal y los propietarios de inmuebles en dicha jurisdicción, ya que este proceso impacta directamente en la determinación de los avalúos catastrales que afectan impuestos, trámites y la planificación territorial.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo de la resolución es aprobar formalmente los valores comerciales que servirán como base para la actualización catastral del municipio, conforme a los estudios técnicos realizados. Busca garantizar que los valores reflejen la realidad económica e inmobiliaria local, contribuyendo así a la seguridad jurídica sobre la propiedad, al fortalecimiento del recaudo fiscal municipal y a una gestión territorial eficiente y actualizada.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las decisiones clave, la resolución:
- Aprueba los valores comerciales de terreno, tanto urbanos como rurales, basados en la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas.
- Aprueba las tablas de valores comerciales de construcción para inmuebles en la zona urbana, según su uso específico.
- Establece que el avalúo catastral se calculará aplicando un porcentaje del 60% sobre los valores comerciales aprobados, conforme a la normativa vigente y a las directrices del ente territorial.
- Dispone la publicación de la resolución en el Diario Oficial, otorgándole carácter general obligatorio y vigencia inmediata sin posibilidad de recursos.
Fundamento legal
La resolución se sustenta en diversas normas jurídicas, entre ellas:
- El artículo 30 del Decreto 846 de 2021, que otorga facultades al Director Territorial del IGAC.
- La Ley 1955 de 2019 y su modificación por la Ley 2294 de 2023, que regulan la gestión catastral como servicio público con enfoque multipropósito.
- La Resolución 1040 de 2023 del IGAC, modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, que establece el marco técnico y administrativo para los procesos catastrales.
- El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011, que regula la publicación y obligatoriedad de los actos administrativos de carácter general.
Modificaciones y vigencia
Esta resolución no revoca ni modifica disposiciones anteriores directamente, sino que continúa el proceso iniciado por la Resolución 86-573-0001 de 2024, que ordenó el inicio de la actualización catastral en Puerto Leguízamo. Su vigencia comienza desde su publicación en el Diario Oficial y no admite recursos, consolidando así los valores aprobados para uso inmediato en la gestión catastral.
Impacto potencial
La aprobación de estos valores comerciales con enfoque multipropósito representa un paso fundamental para fortalecer la gestión catastral en Puerto Leguízamo. Facilita una base técnica y jurídica sólida para la determinación de avalúos catastrales justos y actualizados, lo que puede repercutir en una mayor transparencia y eficiencia en la administración tributaria local, así como en el ordenamiento territorial. Además, refuerza el compromiso del Estado con la seguridad jurídica sobre la propiedad inmueble y el desarrollo sostenible de la región.
En suma, esta resolución del IGAC contribuye a consolidar un sistema catastral moderno, integral y alineado con las necesidades actuales del municipio y la legislación nacional vigente, promoviendo un desarrollo ordenado y sostenible que beneficia a todos los habitantes de Puerto Leguízamo.