Entidad emisora y fundamento legal
La resolución fue expedida por la Subdirección de Minería de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) el 29 de diciembre de 2025, publicada oficialmente en el Diario Oficial No. 53.354 el 31 de diciembre de 2025. Su emisión se fundamenta en múltiples normas constitucionales y legales, entre las que destacan los artículos 334 y 360 de la Constitución Política, el Código de Minas (Ley 685 de 2001), la Ley 141 de 1994, la Ley 2056 de 2020, y el Decreto 2121 de 2023, que otorgan a la UPME la función de fijar los precios base para la liquidación de regalías de minerales.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la determinación de los precios base para la liquidación de las regalías correspondientes a la explotación de piedras y metales preciosos, minerales de hierro, minerales metálicos y concentrados polimetálicos durante el primer trimestre de 2026. Está dirigida principalmente a los concesionarios mineros, exportadores y demás agentes del sector minero que deben cumplir con la liquidación y pago de regalías al Estado, lo que la convierte en una norma de carácter general de gran importancia para la administración minera y fiscal nacional.
Objetivo y contenido principal
El objetivo de la resolución es establecer de manera clara y técnica los valores base sobre los cuales se deben calcular las regalías que los titulares de títulos mineros deben pagar. Esto permite garantizar una gestión transparente y ajustada a la ley de los recursos públicos que provienen de la minería.
Entre las principales disposiciones destacan:
- Fijación de precios base específicos para cada grupo de minerales, expresados en pesos colombianos por tonelada o kilogramo, según corresponda. Por ejemplo, el mineral de hierro tiene un precio base de $60.721,15 por tonelada, mientras que el mineral de cobre se fija en $32.389,10 por kilogramo.
- Establecimiento del precio base para piedras preciosas, que será el declarado por el exportador conforme a la factura en pesos sin descuentos adicionales.
- Determinación del precio base para metales preciosos (oro, plata y platino) conforme a lo dispuesto en la Ley 756 de 2002, que corresponde al 80% del precio internacional promedio del último mes publicado por la Bolsa de Metales de Londres, con certificación de precios realizada por el Banco de la República.
- Exclusión de la aplicación de estos precios base a contratos vigentes anteriores a la Ley 141 de 1994, respetando los términos pactados en ellos.
Plazos y vigencia
La resolución tiene vigencia para el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2026, período durante el cual se deberán aplicar los precios base aquí determinados para la liquidación de regalías.
Impacto y relevancia
Este acto administrativo es fundamental para la correcta administración y recaudación de las regalías mineras, asegurando que los valores utilizados para su liquidación reflejen las condiciones reales del mercado y cumplan con los principios constitucionales de sostenibilidad fiscal y distribución equitativa. Además, refuerza el papel de la UPME como entidad encargada de planear y regular aspectos técnicos del sector minero energético, contribuyendo a la transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos naturales no renovables del país.
La resolución también ratifica el compromiso del Estado colombiano con la regulación clara y actualizada del sector minero, a fin de garantizar que los beneficios derivados de la explotación minera contribuyan al desarrollo social y económico nacional conforme a los marcos legales vigentes. Con esta medida, se espera fortalecer la confianza de los inversionistas y promover un manejo responsable y sostenible de los recursos minerales en Colombia.