Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 0060 fue expedida por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) el 15 de enero de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.369 el 16 de enero de 2026. Esta entidad administrativa, que dirige la formulación de políticas y la gestión institucional en planificación nacional, ejerce su competencia para adoptar medidas que aseguren la eficacia en sus procesos.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la declaración de los sábados 17 y 24 de enero de 2026 como días hábiles para efectos de trámites administrativos en materia de vinculación de personal, contratación estatal y gestión presupuestal dentro del DNP. Este acto administrativo está dirigido principalmente a las dependencias encargadas de talento humano, contratación, finanzas y áreas administrativas transversales de la entidad, pues son las responsables de ejecutar los procesos que se deben concluir antes del inicio del periodo de restricciones electorales.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental de esta resolución es garantizar la correcta gestión y culminación de trámites institucionales indispensables para la vinculación de personal, la contratación de bienes y servicios, y la ejecución presupuestal, antes de la entrada en vigencia de la ley de garantías electorales a partir del 31 de enero de 2026. Dicha ley limita la celebración de contratos directos y la vinculación de personal en la Rama Ejecutiva para evitar influencias indebidas durante procesos electorales.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución establece que los días 17 y 24 de enero de 2026 serán considerados hábiles exclusivamente para los trámites administrativos relacionados con la contratación y vinculación que afecte la nómina estatal dentro del DNP. Las demás dependencias mantendrán su jornada laboral habitual y las actividades relacionadas con atención al público, recursos administrativos, derechos de petición y expedición de actos administrativos no vinculados a la materia contratacional continuarán bajo los horarios vigentes.
Asimismo, se dispone que los servidores públicos que laboren en estas fechas recibirán descanso compensado conforme a la normativa vigente, sin que ello implique reconocimiento automático de horas extras o remuneración adicional. Se autoriza además la modalidad de trabajo remoto para facilitar el cumplimiento de las funciones en estas jornadas.
Fundamentos legales
La decisión se fundamenta en diversas disposiciones constitucionales y legales:
- Artículos 208 y 209 de la Constitución Política de Colombia, que regulan la función administrativa y la dirección de los departamentos administrativos.
- Artículos 59 de la Ley 489 de 1998 y 6° del Decreto 1893 de 2021, que establecen las competencias de la entidad y facultan para dictar normas internas.
- Artículo 3° de la Ley 80 de 1993, que orienta la contratación pública en función de los fines estatales.
- Artículos 32, 33 y 38 de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), que imponen restricciones en contratación y vinculación durante el periodo electoral.
Además, se consideran pronunciamientos y lineamientos de la Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente) y normatividad interna del DNP, como la Resolución 0036 de 2020 relativa a horarios laborales.
Modificaciones y vigencia
La resolución no modifica ni revoca disposiciones previas, sino que establece una excepción temporal para declarar hábiles dos sábados específicos, con el fin de garantizar la culminación oportuna de trámites administrativos relevantes. Su vigencia se inicia desde su publicación en el Diario Oficial el 16 de enero de 2026.
Impacto potencial
Esta medida administrativa busca asegurar la continuidad y eficiencia en la gestión del talento humano y la contratación estatal en el DNP, evitando retrasos que podrían afectar el cumplimiento de los fines institucionales frente a las restricciones electorales. Al declarar días hábiles excepcionalmente en jornadas que usualmente son de descanso, se facilita la conclusión de procesos indispensables para la operación institucional, sin afectar los derechos laborales de los servidores públicos.
Con esta resolución, el Departamento Nacional de Planeación reafirma su compromiso con la transparencia, la eficiencia administrativa y el cumplimiento de la normativa electoral, garantizando que los procesos contractuales y de vinculación se realicen de manera oportuna y conforme a la ley.