Propósito general del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito adicionar un numeral al artículo 1.4.1.5 de la Resolución 227 de 2025, que compila la regulación tributaria, aduanera y cambiaria de la DIAN. Esta adición establece que los organismos de acción comunal, definidos en la Ley 2166 de 2021, quedan exceptuados de suministrar, actualizar y conservar información sobre sus beneficiarios finales en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), siempre que no celebren contratos, convenios o alianzas con entidades estatales o empresas públicas y privadas a nivel nacional o territorial. Objetivo principal y sectores afectados
El objetivo principal es optimizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de reporte, adaptando la regulación a la realidad y capacidades de los organismos de acción comunal, los cuales desempeñan un papel fundamental en la participación ciudadana, el desarrollo social y comunitario. Esta medida busca reducir la carga administrativa y superar las barreras tecnológicas y de acceso a internet que enfrentan principalmente las organizaciones ubicadas en zonas rurales o con problemas de orden público. Los principales beneficiarios son los organismos de acción comunal, así como las entidades estatales encargadas de la supervisión y control tributario. Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto incorpora un nuevo numeral al artículo 1.4.1.5 que excluye expresamente a los organismos de acción comunal de la obligación de reportar beneficiarios finales al RUB, condicionando esta exclusión a que dichas organizaciones no celebren contratos o alianzas con entidades del Estado o empresas públicas y privadas. En caso de que celebren este tipo de actos, la obligación de reporte se activaría...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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