Contexto y propósito del Decreto 0042 de 2026
El 21 de enero de 2026, el Ministerio de Justicia y del Derecho emitió el Decreto 0042 de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.375, con el objetivo de actualizar y complementar el régimen de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), en especial la conciliación, la mediación y el arbitraje, contenidos inicialmente en el Decreto 1069 de 2015. Esta iniciativa responde a la necesidad de garantizar un acceso efectivo, ágil y equitativo a la justicia, contribuyendo a la convivencia pacífica y la construcción de una cultura de paz, en consonancia con los mandatos constitucionales y las leyes vigentes, como la Ley 2220 de 2022 que reglamenta el estatuto de conciliación.
Medidas y disposiciones clave
El decreto introduce definiciones precisas para conceptos esenciales como Aval, Centro de Conciliación, Conciliación en Equidad, Programa Nacional y Local de Justicia en Equidad, y establece un marco normativo detallado para la creación, autorización, funcionamiento y control de los centros de conciliación y arbitraje. Entre las disposiciones más relevantes se destacan:
- Creación y autorización de centros: Se definen los requisitos para que entidades públicas, privadas sin ánimo de lucro y notarías puedan solicitar la autorización para crear centros que presten servicios de conciliación, arbitraje, mediación penal e insolvencia de persona natural, incluyendo aspectos como infraestructura, reglamentos internos, recursos financieros y diagnóstico de conflictividad territorial.
- Programa Nacional y Local de Justicia en Equidad: Se reglamenta la implementación de estos programas, orientados a promover la conciliación en equidad y la justicia comunitaria, con un plan de cobertura gradual que debe alcanzar todo el territorio nacional antes de 2034.
- Reglamento y funcionamiento de los centros: Se establecen normas sobre la estructura administrativa, funciones del director, ética profesional, procedimientos de conciliación y arbitraje, uso de tecnologías de la información, y atención inclusiva con enfoque diferencial.
- Tarifas y gratuidad: Se fijan las tarifas máximas para los servicios de conciliación y arbitraje, con disposiciones para la devolución parcial en casos específicos, y se garantiza la gratuidad para ciertos casos y poblaciones en situación de especial protección constitucional.
- Control, inspección y sanciones: El Ministerio de Justicia y del Derecho ejerce funciones de inspección, vigilancia y control, con facultades para iniciar procedimientos sancionatorios, imponer medidas y revocar autorizaciones en caso de incumplimiento.
- Uso de tecnologías y conciliación virtual: Se promueve el uso de medios electrónicos y virtuales para la prestación de servicios, garantizando la confidencialidad, accesibilidad y conservación de registros.
- Participación estudiantil y formación: Se reglamentan las condiciones para la judicatura y práctica profesional en conciliación por parte de estudiantes de derecho y profesionales afines, así como criterios para la formación y capacitación continua de conciliadores.
Ámbito de aplicación y entidades involucradas
El decreto tiene aplicación nacional y afecta a múltiples actores del sector justicia, incluyendo:
- Centros de conciliación y arbitraje públicos y privados.
- Notarías y sus centros de conciliación.
- Instituciones de educación superior que ofrecen consultorios jurídicos.
- Programas Nacional y Local de Justicia en Equidad.
- Conciliadores en equidad y demás operadores del sistema.
- Entidades territoriales (municipios, distritos, departamentos) responsables de implementar los programas locales.
- Ministerios, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y otras entidades relacionadas.
Implicaciones para la ciudadanía y entidades
Con esta regulación se busca facilitar el acceso a mecanismos alternativos de solución de conflictos, evitando la congestión judicial y promoviendo soluciones acordadas que fortalezcan el tejido social. Para los ciudadanos, significa contar con servicios de conciliación accesibles, incluidos aquellos en modalidad virtual, y recibir atención prioritaria en casos de especial protección constitucional. Las entidades y centros autorizados deberán cumplir con estándares de calidad, ética y transparencia, sujetándose a supervisión constante y a un régimen tarifario regulado.
Además, la reglamentación impulsa la justicia comunitaria y la conciliación en equidad, orientadas a resolver conflictos desde una perspectiva social y cultural, con participación voluntaria y gratuita. Esto implica un compromiso de los entes territoriales y organizaciones para crear los programas locales y puntos de atención, garantizando así una justicia más cercana y pertinente para las comunidades.
Vigencia y derogaciones
El Decreto 0042 de 2026 entra en vigencia a partir de su publicación y deroga o modifica varias disposiciones del Decreto 1069 de 2015, adecuando el marco normativo al contexto actual y a las leyes recientes.