Contexto y marco normativo del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado en enero de 2026 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, buscaría responder a la imposición por parte de Ecuador de una tasa del 30% a las importaciones provenientes de Colombia, medida que afectaría significativamente el comercio bilateral. Esta iniciativa modificaría aspectos del régimen aduanero colombiano en concordancia con la Constitución Política, la Ley 7ª de 1991, la Ley 1609 de 2013, la Ley 2294 de 2023 y el Acuerdo de Integración Subregional Andino (Acuerdo de Cartagena). Además, se fundamentaría en disposiciones del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Propósito y alcance del proyecto
El objetivo principal del proyecto sería adoptar medidas comerciales recíprocas y de seguridad nacional para proteger la economía colombiana y corregir el desequilibrio comercial generado por la tasa anunciada por Ecuador. Se buscaría imponer un arancel del 30% a ciertos productos originarios de Ecuador, así como restringir el ingreso terrestre de mercancías específicas por los cruces fronterizos de Ipiales y Puerto Asís. Los sectores afectados incluirían principalmente la industria exportadora, el sector agrícola, y productos estratégicos para la seguridad alimentaria y la economía rural colombiana.
Medidas y regulaciones propuestas
Entre las medidas planteadas en el proyecto se incluirían:
- Imposición de un arancel recíproco del 30% ad valorem sobre 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas, correspondientes a productos originarios de Ecuador.
- Restricción temporal (por 30 días hábiles) al ingreso por vía terrestre de ciertas mercancías clasificadas en subpartidas específicas, especialmente productos agrícolas como arroz, plátano, banano bocadillo, aguacate Hass, cebolla, tomate, fríjol, maracuyá, entre otros.
- Medidas específicas de control sanitario y fitosanitario destinadas a prevenir la introducción de plagas y enfermedades de alto impacto económico, como Fusarium Raza 4 Tropical y el complejo Zebra Chip asociado a la papa.
- Restricción al ingreso de mercancías utilizadas en la producción de fentanilo para fortalecer la lucha contra esta sustancia ilícita.
- Sanciones que incluirían la aprehensión de mercancías y medios de transporte en caso de incumplimiento de las disposiciones.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto indicaría que las mercancías sometidas a las restricciones no podrían ingresar bajo ningún régimen aduanero por las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Ipiales y Puerto Asís. Se establecería comunicación formal con la Secretaría General del Acuerdo de Cartagena para informar sobre la adopción de estas medidas. Además, la vigencia del decreto sería temporal, iniciando cinco días después de su publicación oficial y manteniéndose hasta que Ecuador levante la tasa del 30% aplicada a las importaciones colombianas.
Participación de actores clave
En la formulación y eventual implementación del proyecto participarían diversas entidades del Gobierno Nacional, tales como el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Justicia y del Derecho, y la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). También se habrían involucrado gremios y asociaciones de productores agrícolas, quienes habrían expresado preocupaciones sobre el contrabando, riesgos fitosanitarios y la afectación a la producción nacional.
Información adicional y participación ciudadana
Según lo previsto en la normatividad vigente, el proyecto de decreto sería sometido a publicación por un término excepcional de cinco días, atendiendo a la urgencia y necesidad de proteger la seguridad nacional. Durante este periodo, se permitiría la recepción de comentarios y observaciones de la ciudadanía a través de los canales oficiales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Esta reducción del término ordinario de publicación se fundamentaría en la necesidad de adoptar medidas inmediatas para evitar perjuicios mayores al Estado y a la economía colombiana.