Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, a través de su Sala Veintidós Especial de Decisión, profirió un auto el 20 de enero de 2026 en el cual se aprueba la liquidación de costas en el marco del recurso extraordinario de revisión contra una sentencia previa del 14 de septiembre de 2023. La providencia responde a la ejecución de la condena en costas decretada en la sentencia del 9 de diciembre de 2025, en la que se declaró infundado el recurso presentado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. Antecedentes fácticos y procesales
El proceso originó un recurso extraordinario de revisión interpuesto por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, cuestionando una decisión anterior de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado. En la sentencia de diciembre de 2025, dicha Sala Especial negó el recurso y condenó al Departamento en costas, incluyendo agencias en derecho, en favor de la parte demandante que participó en el procedimiento. De acuerdo con lo previsto en los artículos 255 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y 361, 365 y 366 del Código General del Proceso (CGP), se ordenó la liquidación de las costas, que fue realizada por la Secretaría General del Consejo de Estado el 16 de enero de 2026. Consideraciones jurídicas y conclusión del auto
El auto aprobado por el magistrado ponente confirma la liquidación efectuada, que fija las agencias en derecho en un monto equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) para el año 2026, conforme...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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