Consejo de Estado declara incompetencia funcional para conocer demanda de cumplimiento contra Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 11:57:20
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 19 de enero de 2026, el Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad en lo contencioso administrativo, mediante un auto, se pronunció sobre la competencia para conocer una acción de cumplimiento presentada contra la Secretaría de Movilidad del Distrito Especial de Santiago de Cali. Esta providencia responde a una solicitud promovida para que se ordene la remoción inmediata de comparendos registrados a nombre del demandante en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT) y otras bases de datos administrativas.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción fue interpuesta por un ciudadano mediante la ventanilla virtual el 14 de enero de 2026, invocando el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015, que regula la acción de cumplimiento. Este mecanismo jurídico permite exigir a las autoridades el cumplimiento de normas o actos administrativos. Sin embargo, el Consejo de Estado advirtió que el conocimiento en primera instancia de esta acción no corresponde a su jurisdicción, sino a los Juzgados Administrativos locales, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Consideraciones jurídicas y marco normativo
El auto se fundamenta principalmente en los artículos 152.14 y 155.10 del CPACA (Ley 1437 de 2011), modificados por la Ley 2080 de 2021, que establecen la competencia de los órganos jurisdiccionales en materia administrativa. En particular, el artículo 155 numeral 10 señala que los Juzgados Administrativos en primera instancia conocen de "la protección de derechos e intereses colectivos y de cumplimiento contra las autoridades de los niveles departamental,...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.