Consejo de Estado ajusta trámite en acción de nulidad relativa y aplica doctrina del acto aclarado en disputa por registro marcario
Consejo de Estado ajusta trámite en acción de nulidad relativa y aplica doctrina del acto aclarado en disputa por registro marcario
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:2:32
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 14 de enero de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado profirió un auto interlocutorio en el marco de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una sociedad contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La demanda cuestiona la legalidad de dos resoluciones administrativas que concedieron y confirmaron el registro de una marca figurativa en la clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza, impugnando su validez y solicitando la cancelación del registro otorgado a un tercero.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante interpuso la acción contra la SIC, argumentando que el registro en cuestión se concedió con infracción a las normas andinas, específicamente al artículo 136 de la Decisión 486 de 2000, o que se otorgó de mala fe. En consecuencia, solicita la nulidad de las resoluciones administrativas que aprobaron el registro de la marca. El proceso inició bajo el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, previsto en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Consideraciones jurídicas y decisión del Consejo de Estado
El despacho judicial revisó el procedimiento y concluyó que, dado que la acción de nulidad relativa está diseñada para controvertir registros marcarios otorgados con infracción a la normativa comunitaria andina, corresponde adecuar el trámite del medio de control inicialmente solicitado al procedimiento específico de la acción de nulidad relativa establecido en el artículo 172 de la Decisión 486 de 2000.
Otro aspecto relevante abordado fue la solicitud de interpretación prejudicial ante el Tribunal...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.