Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Segunda, Subsección A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., en ejercicio del control de legalidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Esta instancia tiene competencia para conocer de demandas contra actos administrativos que se consideren contrarios a la ley.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra el inciso 5 del artículo 3 de la Resolución 652 de 2012, la cual fue modificada por el artículo 1 de la Resolución 1356 de 2012, ambas expedidas por el Ministerio del Trabajo. Los demandantes cuestionan la legalidad de esta disposición normativa, motivando la solicitud de nulidad.
Tras el análisis preliminar, el Consejo de Estado verificó que el escrito de demanda cumplía con los requisitos legales establecidos en los artículos 162 a 167 del CPACA, por lo cual procedió a admitir la demanda formalmente, conforme al artículo 171 del mismo código.
Consideraciones principales de la decisión
En la providencia, el Consejo de Estado resolvió:
- Admitir la demanda de nulidad presentada contra la mencionada disposición normativa.
- Notificar personalmente al Ministerio del Trabajo y al agente del Ministerio Público, conforme a los artículos 198 y 199 del CPACA.
- Comunicar la admisión de la demanda al director general de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, tal como dispone el último inciso del artículo 199 del CPACA.
- Ordenar el traslado de la demanda a la entidad demandada, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado por el término de...