Consejo de Estado ordena acumulación de múltiples demandas contra el Decreto que fija el salario mínimo para 2026
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:16:32
Contexto y competencia jurisdiccional
El 22 de enero de 2026, la Sección Segunda, Subsección A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, emitió un auto que autoriza el retiro de una demanda y ordena la acumulación de múltiples procesos que impugnan el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025. Dicho decreto establece el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026 y fue expedido por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio del Trabajo.
La competencia para conocer estas demandas radica en esta sección del Consejo de Estado, conforme al artículo 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), dado que se trata de medios de control de nulidad contra actos administrativos expedidos por autoridades nacionales.
Antecedentes fácticos y procesales
Diversos demandantes, tanto personas naturales como entidades gremiales, interpusieron acciones de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025. Las pretensiones principales solicitaban la declaración de nulidad total o parcial del decreto, argumentando violaciones a normas constitucionales y legales, falta de motivación suficiente, expedición irregular y desviación de poder.
Entre los demandantes se encuentran ciudadanos en nombre propio, así como organizaciones como la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (ASOCAPITALES). Las demandas fueron admitidas por distintos despachos de consejeros del Consejo de Estado, quienes ordenaron remitir los procesos para estudiar la posible acumulación, dada la similitud de los casos, identidad de las partes demandadas y la inexistencia de audiencias iniciales programadas bajo el artículo 180 del CPACA.
Consideraciones de la providencia
El despacho ponente resolvió primero autorizar el retiro de la demanda presentada por ASOCAPITALES, debido a que no se había notificado a las partes demandadas, encontrándose dentro de lo permitido por el artículo 174 del CPACA.
Respecto a la acumulación, el auto aplica lo previsto en el artículo 148 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), que permite acumular procesos en la misma instancia cuando las pretensiones pudieran haberse formulado en una sola demanda, sean conexas o tengan el mismo demandado con excepciones basadas en hechos similares, siempre que no se haya programado audiencia inicial.
Dado que las demandas cuestionan la legalidad del mismo decreto, que todas están radicadas en única instancia en esta sección del Consejo de Estado, se tramitan bajo los mismos presupuestos procesales y no se ha señalado audiencia inicial, se ordenó acumular dieciséis procesos al expediente principal. Se estableció que las notificaciones de autos admisorios se realizarán por estado, conforme a la normativa procesal.
Sobre las solicitudes de coadyuvancia, se reconoció a varios interesados como coadyuvantes de la parte demandada, en atención a las disposiciones del artículo 223 del CPACA.
En cuanto a las medidas cautelares solicitadas por algunos demandantes, el despacho negó el trámite de urgencia, ordenando que se siga el procedimiento ordinario previsto en el artículo 233 del CPACA. Por ello, se corrió traslado por cinco días a las autoridades demandadas para que presenten sus argumentos respecto a dichas solicitudes.
Implicaciones procesales
Con esta decisión, el Consejo de Estado busca unificar la tramitación de los múltiples recursos que cuestionan el Decreto 1469 de 2025, evitando decisiones contradictorias y promoviendo la eficiencia judicial. El auto asegura el respeto a las garantías procesales tanto de los demandantes como de las autoridades públicas involucradas, y garantiza que la acumulación se realice con base en criterios legales claros y objetivos.
La resolución enfatiza la importancia de la motivación suficiente y del apego a los parámetros constitucionales y legales en la fijación del salario mínimo, tema que será objeto del análisis de fondo en el trámite acumulado.
Este auto representa un paso procesal relevante en la revisión judicial del acto administrativo que fija el salario mínimo para el año 2026, evidenciando la atención del máximo tribunal administrativo a la constitucionalidad y legalidad de esta política pública, y sentando un precedente importante para futuros casos relacionados con la materia laboral y salarial en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado ordena acumulación de múltiples demandas contra el Decreto que fija el salario mínimo para 2026