Consejo de Estado admite demanda y ordena estudio de acumulación contra Decreto que fija salario mínimo mensual legal
Consejo de Estado admite demanda y ordena estudio de acumulación contra Decreto que fija salario mínimo mensual legal
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:17:35
Competencia y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis es un auto interlocutorio emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado, en única instancia. Este auto admite la demanda de nulidad presentada contra el Decreto 1469 de 2025 y dispone el traslado del expediente para evaluar la acumulación procesal con otros casos similares.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, actuando en nombre propio y en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), solicitó la anulación del Decreto que establece el salario mínimo mensual legal para el año 2025.
La demanda cumple con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 a 167 de la Ley 1437 de 2011, y la corporación se declaró competente para conocer el asunto en única instancia.
Durante el trámite, se identificó que existen otros dos procesos con pretensiones similares, referidos a la anulación del mismo decreto. En ambos, la notificación de admisión de demanda fue anterior a la del proceso actual y no se ha fijado fecha para audiencia inicial ni se ha dictado sentencia anticipada.
Consideraciones jurídicas y motivo principal de la decisión
El despacho ponente señala que, conforme a los artículos 148 a 150 del Código General del Proceso (CGP) —aplicables por remisión expresa del artículo 306 del CPACA— procede la remisión del expediente para el estudio de la posible acumulación con alguno de los otros dos procesos en trámite. Esta medida busca materializar el principio de seguridad jurídica, evitando resoluciones contradictorias en asuntos similares.
El artículo 148 del CGP establece que la acumulación en procesos declarativos es procedente hasta antes de señalada la fecha y hora para la audiencia inicial. En los expedientes referidos, aún no se ha fijado dicha audiencia ni se ha dictado sentencia anticipada, por lo que el momento procesal para la acumulación es oportuno.
En consecuencia, el auto interlocutorio admite la demanda, ordena notificar a las partes involucradas (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio del Trabajo, Ministerio Público y Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado), corre traslado de la admisión por treinta días, y solicita a la parte demandada entregar los antecedentes administrativos del acto cuestionado.
Adicionalmente, se ordena informar a la comunidad sobre el trámite, en cumplimiento del numeral 5º del artículo 171 de la Ley 1437 de 2011, y se remite el proceso al despacho encargado para estudiar la posible acumulación con los expedientes relacionados.
Finalmente, el auto dispone que una vez resuelta la acumulación, se atenderá la solicitud de medida cautelar presentada por el demandante.
Implicaciones del auto interlocutorio
Esta decisión representa un paso importante en el control judicial de los actos administrativos que fijan el salario mínimo legal vigente, al garantizar un análisis coordinado y coherente entre procesos similares. La acumulación procesal es una herramienta que contribuye a la eficiencia judicial y a la uniformidad en la interpretación y aplicación del derecho, fortaleciendo así la seguridad jurídica para los ciudadanos y las entidades públicas.
El proceso continuará su trámite conforme a lo previsto en la Ley 1437 de 2011, bajo la vigilancia del Consejo de Estado, autoridad máxima en materia contencioso administrativa en Colombia, asegurando la adecuada tutela de los derechos y el correcto ejercicio de la función administrativa.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.