Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en única instancia y a través de su Sección Segunda especializada en asuntos laborales, conoció el auto que admite la demanda de nulidad presentada contra el Decreto 1469 de 29 de diciembre de 2025. Este decreto estableció el salario mínimo legal mensual para el año 2026 en la suma de un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos ($1.750.905).
La competencia de este tribunal se funda en el artículo 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y en el Acuerdo 080 de 2019, que asigna a la Sección Segunda el conocimiento de temas laborales, incluyendo la fijación del salario mínimo.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA, el cual permite a cualquier persona solicitar la nulidad de actos administrativos de carácter general sin necesidad de apoderado.
El demandante solicitó la nulidad parcial del decreto por omisión normativa relevante, argumentando que, pese a reconocer la existencia de una brecha salarial estructural, el decreto no incorporó reglas correctivas intertemporales ni criterios de evaluación y seguimiento para verificar la proporcionalidad y razonabilidad de la política salarial adoptada. Además, planteó que esta omisión vulnera varios artículos constitucionales, entre ellos los artículos 1, 2, 13, 25, 53 y 334 de la Constitución Política, así como la Ley 278 de 1996, que regula aspectos laborales.
Subsidiariamente, se pidió que se declare la legalidad condicionada del decreto, estableciendo que cuando se reconozcan brechas estructurales en la fijación del salario mínimo, debe acompañarse la decisión con reglas mínimas de corrección, criterios de seguimiento y parámetros de evaluación intertemporal.
Consideraciones de la providencia
El despacho verificó el cumplimiento de los requisitos formales de la demanda, tales como la designación de las partes, la precisión en las pretensiones, los fundamentos de hecho y de derecho, la identificación de normas presuntamente vulneradas y la solicitud de pruebas pertinentes.
Se confirmó la competencia del Consejo de Estado para conocer del asunto, dado que el decreto fue expedido por autoridades nacionales competentes, específicamente los ministerios encargados de Hacienda y Crédito Público y del Trabajo.
El auto también abordó aspectos relacionados con la representación procesal y la notificación electrónica a las partes, adoptando medidas para garantizar el acceso a la administración de justicia y la economía procesal.
Remisión para estudio de acumulación
El tribunal identificó la existencia de dos procesos adicionales presentados contra el mismo decreto, admitidos previamente en otro despacho del Consejo de Estado. En atención a los principios de seguridad jurídica y coherencia en las decisiones judiciales, se ordenó remitir el expediente para que se estudie la posible acumulación con dichos procesos.
Este procedimiento busca evitar pronunciamientos contradictorios o disímiles en casos semejantes, especialmente en asuntos de gran impacto social relacionados con la política salarial nacional.
Conclusiones procesales de la providencia
En mérito de lo anterior, el Consejo de Estado:
- Admitió la demanda de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025.
- Ordenó notificar personalmente a los ministerios demandados y a las entidades involucradas en el proceso.
- Estableció el plazo para que la parte demandada presente respuesta y allegue el expediente administrativo correspondiente.
- Determinó que no se exigirá depósito para el trámite del proceso.
- Mandó informar a la comunidad sobre la existencia del trámite judicial, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 1437 de 2011.
- Remitió el proceso al despacho que conoce otros casos similares para estudiar la acumulación de expedientes.
Esta decisión inicial del Consejo de Estado representa un paso significativo en el control judicial de las decisiones administrativas que afectan derechos laborales fundamentales, resaltando la importancia del debido proceso y la motivación adecuada en la fijación del salario mínimo legal mensual. Se espera que el análisis conjunto de los procesos garantice decisiones más coherentes y justas en materia salarial, contribuyendo al fortalecimiento del Estado de Derecho y la protección de los derechos sociales.