Competencia y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de única instancia para este caso, profirió un auto interlocutorio mediante el cual admitió la demanda de nulidad interpuesta contra el Decreto 1469 de 2025, que establece el salario mínimo mensual legal. Esta decisión fue tomada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo, subsección A, y se fundamenta en el ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por una federación que agrupa a entidades autorizadas para afiliar de forma colectiva a trabajadores independientes al sistema de seguridad social integral. La solicitud apunta a la anulación del mencionado decreto debido a presuntas irregularidades en su expedición o contenido. Cumpliendo con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 a 167 de la Ley 1437 de 2011, la demanda fue admitida para su trámite correspondiente.
Durante la revisión inicial, el despacho judicial identificó que existen otros procesos pendientes que también cuestionan la legalidad del mismo decreto, registrados bajo los expedientes 11001-03-25-000-2026-00003-00 y 11001-03-25-000-2026-00004-00. En ambos casos, la notificación de admisión fue anterior a la del expediente actual, situación que motivó la valoración sobre la acumulación procesal.
Consideraciones jurídicas y decisión principal
Con base en los artículos 148 a 150 del Código General del Proceso (CGP), aplicables por remisión del artículo 306 del CPACA, el tribunal resaltó que la acumulación de procesos es procedente cuando existen pretensiones similares que podrían conducir a resoluciones contradictorias. El artículo 148 del CGP establece que las acumulaciones deben solicitarse antes de la audiencia inicial, o en ausencia de esta, antes de que quede firme la providencia que ordena sentencia anticipada.
En este caso, no se ha señalado fecha para audiencia inicial ni se ha dictado sentencia anticipada en los expedientes relacionados, por lo que procede estudiar la acumulación para unificar criterios y garantizar la seguridad jurídica.
Por lo anterior, el auto interlocutorio:
- Admite la demanda de nulidad presentada contra el Decreto 1469 de 2025.
- Ordena notificar esta providencia a las partes involucradas, incluyendo los ministerios demandados y el Ministerio Público.
- Correr traslado de la admisión de la demanda por treinta días para que las entidades demandadas aporten los antecedentes administrativos del acto cuestionado.
- Remite el expediente al despacho encargado de los otros procesos para evaluar la posible acumulación.
- Dispone que una vez resuelto lo anterior, se decidirá sobre la solicitud de medida cautelar presentada por la parte actora.
Finalmente, el auto establece la obligación de informar a la comunidad sobre el trámite en curso y advierte que el incumplimiento de remitir los antecedentes administrativos constituye falta disciplinaria gravísima.
Esta providencia garantiza la transparencia y la correcta tramitación del proceso, además de buscar evitar decisiones judiciales contradictorias frente a temas de gran impacto social como es la fijación del salario mínimo legal. Con esta actuación, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la seguridad jurídica y la protección de los derechos de los trabajadores y la sociedad en general.