Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia por incumplimiento de cuantía en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:27:7
Tribunal y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en calidad de instancia de unificación jurisprudencial, emitió un auto en el cual rechazó la admisión del recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia. La providencia fue suscrita por el consejero ponente asignado al caso, y se pronunció sobre un recurso interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Antecedentes fácticos y procesales
La controversia se originó en un proceso de reparación directa en el que un demandante presentó demanda contra una fiduciaria que actuaba como liquidadora y representante legal de una entidad promotora de salud. El demandante alegaba que la fiduciaria se enriqueció sin justa causa al no pagar por servicios de traslado de pacientes por un valor aproximado de 94 millones de pesos.
En primera instancia, el juzgado negó las pretensiones y condenó en costas al demandante. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la condena en costas, pero confirmó la negativa a las pretensiones sustanciales. Contra esta decisión, el demandante interpuso el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado analizó la competencia y los requisitos legales para admitir el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia. Según el artículo 257 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, este recurso procede únicamente en sentencias de contenido patrimonial cuando la cuantía de la condena o de las pretensiones sea igual o superior a 450 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
El Consejo recordó que para establecer...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.