Consejo de Estado rechaza recursos de apelación de Ecopetrol y Reficar en proceso por perjuicios causados a un grupo
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:48:51
Contexto y antecedentes procesales
El proceso tiene su origen en una demanda presentada por un grupo de ciudadanos que solicitó la reparación de perjuicios causados por corrupción y sobrecostos en la ejecución del contrato de ampliación y modernización de la refinería de Cartagena, propiedad de Ecopetrol. La demanda se dirigió contra expresidentes, exministros, exdirectivos y exfuncionarios relacionados con las entidades involucradas, y se estimaron los perjuicios en más de cinco mil millones de dólares, según auditorías de la Contraloría General de la República.
Inicialmente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió la demanda por defectos formales, decisión que fue revocada por el Consejo de Estado, permitiendo la admisión posterior del proceso. Durante el trámite, el Tribunal ordenó la notificación y emplazamiento de Ecopetrol y Reficar, pese a que la demanda no se dirigía directamente contra estas entidades, sino contra personas que ocuparon cargos directivos y ministeriales.
Reficar impugnó la notificación alegando indebida forma, pues las entidades públicas deben ser notificadas electrónicamente conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Posteriormente, la demanda fue admitida y Ecopetrol y Reficar fueron vinculadas como terceros interesados de oficio por el Tribunal, basándose en el parágrafo del artículo 52 de la Ley 472 de 1998 sobre acción de grupo, que permite la vinculación de posibles responsables durante el proceso.
Consideraciones principales de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad parcial de ciertas providencias anteriores y confirmó la vinculación de Ecopetrol y Reficar como terceros interesados. Esta decisión fue cuestionada mediante recursos de reposición y apelación por ambas entidades, quienes argumentaron la improcedencia de su vinculación, alegando falta de legitimación material y que la demanda no estaba dirigida contra ellas.
El Consejo de Estado examinó la procedencia de los recursos de apelación, recordando que conforme al artículo 321 del Código General del Proceso (CGP), sólo ciertas providencias son apelables, entre ellas aquellas que niegan la intervención de terceros, pero no aquellas que ordenan su vinculación de oficio. Por tanto, concluyó que la decisión de vincular a Ecopetrol y Reficar no es apelable.
Asimismo, el Consejo destacó que la vinculación de terceros con interés en este tipo de procesos está prevista en la Ley 472 de 1998, que regula la acción de grupo, y que el Tribunal actuó conforme a esta norma al vincular a las entidades propietarias y relacionadas con la refinería objeto de la demanda. La función del Consejo de Estado en esta etapa es verificar la procedencia formal de los recursos interpuestos, sin entrar en el fondo del asunto.
Decisión y efectos
En consecuencia, el Consejo de Estado rechazó por improcedentes los recursos de apelación presentados por Ecopetrol y Reficar contra el auto del 4 de febrero de 2025, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para que continúe con el trámite correspondiente.
Este pronunciamiento reafirma la aplicación rigurosa del régimen procesal especial de la acción de grupo y la potestad del juez de vincular terceros interesados de oficio cuando ello sea pertinente para la adecuada resolución del conflicto, garantizando así el ejercicio efectivo de los derechos colectivos en casos de presuntos perjuicios causados a grupos amplios de ciudadanos. De esta forma, el proceso seguirá su curso para establecer las responsabilidades y posibles reparaciones derivadas de los hechos investigados.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado rechaza recursos de apelación de Ecopetrol y Reficar en proceso por perjuicios causados a un grupo