Consejo de Estado confirma negativa de decreto de testimonios en proceso de nulidad contractual en Nariño
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:55:15
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial analiza un recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Nariño contra el auto dictado por el Tribunal Administrativo de Nariño en abril de 2024, mediante el cual se negó el decreto de dos testimonios solicitados en un proceso contencioso administrativo. La demanda fue interpuesta por una Unión Temporal que solicitó la nulidad de una Resolución administrativa de adjudicación y del contrato resultante de una licitación pública para la prestación de servicios de alimentación a estudiantes en zonas rurales y urbanas del departamento.
En la demanda, la Unión Temporal alegó que se le había privado injustamente del derecho a ser adjudicataria, argumentando que había presentado la propuesta más favorable y que cumplía con los requisitos habilitantes. Solicitó además el reconocimiento de perjuicios materiales y lucro cesante derivados de la supuesta adjudicación indebida.
En respuesta, el Departamento demandado pidió el decreto de testimonios de dos funcionarios que participaron en la licitación pública, con el objeto de esclarecer aspectos jurídicos, técnicos y fácticos relacionados con la adjudicación y los criterios administrativos aplicados en el proceso, incluyendo la valoración de la propuesta ganadora.
Decisión judicial y fundamentos
El Tribunal Administrativo de Nariño negó inicialmente el decreto de los testimonios por considerar que la solicitud incumplió la carga procesal esencial de enunciar de manera concreta los hechos que se pretendían acreditar con dichas pruebas. Además, argumentó que, en un juicio de legalidad, la prueba documental resulta preponderante y suficiente para esclarecer el litigio.
El Departamento de Nariño interpuso recurso de reposición y apelación, alegando que sí se había precisado el objeto de las pruebas y que los funcionarios señalados podían aportar información relevante sobre la licitación y el contrato cuestionados.
El Consejo de Estado, al resolver el recurso de apelación, confirmó la decisión del Tribunal. En sus consideraciones, recordó que el decreto y práctica de pruebas en el proceso contencioso administrativo están regulados en los artículos 211 a 222 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), con remisión supletoria al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
Destacó que para admitir una prueba testimonial deben cumplirse los requisitos de conducencia, pertinencia, utilidad y legalidad, conforme al artículo 168 del Código General del Proceso. En particular, el artículo 212 del CPACA exige que la petición de testimonios precise el nombre, domicilio y residencia de los testigos, así como los hechos concretos que se buscan acreditar.
Aunque reconoció que la parte recurrente cumplió con la carga procesal de enunciar los hechos objeto de prueba, el Consejo de Estado concluyó que la prueba testimonial solicitada era manifiestamente inútil, pues las pruebas documentales ya aportadas daban cuenta suficiente del procedimiento administrativo cuestionado.
Conclusión de la providencia
Con base en los fundamentos expuestos, el Consejo de Estado confirmó el auto del Tribunal Administrativo de Nariño que negó el decreto de los testimonios de los funcionarios involucrados en la licitación pública. Se ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para continuar con el trámite procesal correspondiente.
Esta decisión reafirma la importancia de la prueba documental en procesos de control de legalidad administrativa y la necesidad de que las solicitudes de prueba testimonial cumplan con estrictos criterios procesales para ser admitidas, evitando pruebas superfluas o inútiles que no contribuyan a esclarecer los hechos del litigio. De esta manera, se garantiza la eficiencia y celeridad en la administración de justicia, protegiendo tanto los derechos de los participantes en los procesos contractuales como el interés público.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado confirma negativa de decreto de testimonios en proceso de nulidad contractual en Nariño