Consejo de Estado admite apelaciones en proceso sobre Programa de Alimentación Escolar
Consejo de Estado admite apelaciones en proceso sobre Programa de Alimentación Escolar
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:58:12
Contexto y tribunal competente
La decisión fue proferida por la Sección Tercera, Subsección C, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su función de segunda instancia dentro del proceso contencioso administrativo. La providencia corresponde a la admisión de los recursos de apelación interpuestos frente a una sentencia del Tribunal Administrativo de Tolima, que en primera instancia negó las pretensiones de una acción popular presentada contra el Ministerio de Educación Nacional y la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar «Alimentos para Aprender».
Antecedentes del caso
El proceso se originó a partir de una demanda que buscaba proteger los derechos e intereses colectivos relacionados con la inclusión de estudiantes priorizados en el Programa de Alimentación Escolar durante la vigencia del año 2025 y siguientes. La sentencia inicial exhortó a las entidades demandadas a revisar la información reportada en el Sistema de Matrícula (SIMAT) para mejorar la clasificación y priorización de niños, niñas y adolescentes beneficiarios del programa, así como a determinar los mecanismos presupuestales, administrativos y financieros necesarios para su inclusión efectiva.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la admisión
La Sala recordó que el parágrafo 2 del artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, establece que en los procesos regulados por otros estatutos procesales la apelación procederá conforme a las normas especiales que los regulan. En este sentido, la Ley 472 de 1998, que regula las acciones populares, remite al Estatuto Procesal Civil para el trámite del recurso de apelación, norma que fue actualizada por el Código General del...
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