Consejo de Estado decide sobre solicitud probatoria en acción popular contra Ministerio de Educación e ICFES
Consejo de Estado decide sobre solicitud probatoria en acción popular contra Ministerio de Educación e ICFES
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:59:15
Competencia y contexto procesal
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en el trámite de apelación de una acción popular. La competencia del despacho para decidir sobre la solicitud probatoria se establece conforme al numeral 3° del artículo 125 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El origen del proceso data de noviembre de 2015, cuando un grupo de demandantes presentó acción popular contra el Ministerio de Educación Nacional y el ICFES, posteriormente vinculado el Distrito Especial de Santiago de Cali. La demanda alegaba vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa por la expedición apresurada del ISCE 2015, que afectó a más de 100 instituciones educativas, impidiéndoles contratar con el Estado según el Decreto 1851 de 2015.
La acción fue inicialmente negada por el Tribunal Administrativo del Valle de Cauca en 2019, decisión apelada y admitida en 2021 por el Consejo de Estado, que asumió conocimiento del caso en 2025.
Regulación de la práctica de pruebas en segunda instancia
La providencia recuerda que el trámite probatorio en segunda instancia en acciones populares se rige por el artículo 37 de la Ley 472 de 1998, que remite al Código General del Proceso (CGP). Según el artículo 327 del CGP, la solicitud de pruebas en esta etapa es excepcional y debe cumplir con causas taxativas, tales como acuerdo de las partes, pruebas dejadas de practicar sin culpa, hechos posteriores a la primera instancia, o fuerza mayor para la presentación de documentos.
Además, toda prueba debe cumplir con los requisitos de pertinencia,...
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