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Consejo de Estado declara falta de competencia y remite expediente sobre embargo de dineros de la Rama Judicial

Proviene de: Sentencias

27 de enero de 2026 13:2:8

Contexto y antecedentes

El presente auto fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sub sección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado, instancia de segunda y última instancia en materia contencioso administrativa. La providencia responde a un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, mediante el cual se decretó la medida cautelar de embargo y retención de dineros pertenecientes a la Nación – Rama Judicial, específicamente de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. Los hechos de fondo se originan en una demanda ejecutiva presentada para obtener el pago de sumas reconocidas en una sentencia de segunda instancia que condenó a la Nación – Rama Judicial al pago de perjuicios derivados de la privación injusta de la libertad sufrida por uno de los demandantes. Esta sentencia fue proferida por la misma Sección Tercera del Consejo de Estado, Sub sección B, dentro del proceso de reparación directa correspondiente. Posteriormente, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca decretó la medida cautelar sobre los dineros en cuestión. La parte demandada interpuso recurso de reposición y apelación, alegando la inembargabilidad de dichos recursos, y el Tribunal decidió conceder el recurso subsidiario de apelación para que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conociera la apelación.

Consideraciones jurídicas y decisión

El magistrado ponente del Consejo de Estado analizó la competencia para conocer del recurso de apelación y concluyó que este despacho carece de competencia para decidir sobre el asunto, con base en el factor de conexidad establecido en el artículo 298 del...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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