Corte Suprema de Justicia define competencia en conflicto entre juzgados civiles de Bogotá y Riohacha
Corte Suprema de Justicia define competencia en conflicto entre juzgados civiles de Bogotá y Riohacha
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 20:45:22
Contexto y tribunal que resolvió el conflicto
El conflicto de competencia fue resuelto por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de su función como superior funcional común, conforme a los artículos 35 y 139 del Código General del Proceso y la Ley 270 de 1996. La controversia surgió entre dos juzgados civiles municipales, uno ubicado en Bogotá D.C. y otro en Riohacha, La Guajira, en el marco de un proceso ejecutivo promovido por una entidad pública financiera.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad financiera demandante solicitó la orden de pago contra una persona natural y pidió el embargo y secuestro de un inmueble hipotecado ubicado en Riohacha, La Guajira. La demanda fue presentada inicialmente ante el Juzgado Cuarenta y Uno Civil Municipal de Bogotá, atendiendo al domicilio principal de la entidad demandante. Sin embargo, este juzgado se declaró incompetente, argumentando que el domicilio del demandado y el lugar de cumplimiento de la obligación se encuentran en Riohacha, y remitió el proceso a los juzgados civiles de esa jurisdicción.
El Juzgado Primero Civil Municipal de Riohacha planteó un conflicto negativo de competencia, sosteniendo que, como la parte demandante es una entidad pública, debe aplicarse el fuero privativo establecido en el numeral 10° del artículo 28 del Código General del Proceso, que otorga competencia exclusiva al juez del domicilio de la entidad pública demandante, prevaleciendo sobre otros fueros concurrentes.
Consideraciones jurídicas principales
La Corte Suprema recordó que la competencia entre autoridades judiciales se determina mediante factores subjetivos, objetivos, territoriales, funcionales y de conexidad. En este caso, se enfrentan...
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