Corte Suprema rechaza solicitud de exequátur de sentencia extranjera en proceso de adopción
Corte Suprema rechaza solicitud de exequátur de sentencia extranjera en proceso de adopción
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 20:57:14
Providencia emitida por la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus funciones conforme al artículo 607 del Código General del Proceso, profirió un auto mediante el cual rechazó la solicitud de exequátur de una sentencia dictada por el Tribunal de Defensas Comunes del Condado de Allegheny, Pensilvania, Estados Unidos. La decisión se adoptó en el marco de un proceso de homologación para que dicha providencia extranjera produzca efectos jurídicos en Colombia.
Antecedentes fácticos y procesales
La solicitante presentó la demanda con el fin de que se homologara una sentencia extranjera relacionada con un proceso de adopción que se inició en Colombia, pero que fue abandonado y posteriormente culminó en Estados Unidos, donde el tribunal estadounidense reconoció la adopción y asignó nuevos derechos y un nuevo nombre a la persona adoptada. Como prueba, la demandante anexó documentos diversos, incluyendo copias auténticas de la sentencia, traducciones de la misma, certificaciones y apostillas, además de documentos complementarios como licencia de matrimonio, pasaporte y cédula de ciudadanía estadounidense.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Corte recordó que el artículo 605 del Código General del Proceso autoriza el exequátur para sentencias extranjeras, pero establece que para su reconocimiento deben cumplirse los requisitos previstos en el artículo 606 del mismo código. Entre estos requisitos es esencial acreditar la ejecutoria o firmeza de la sentencia, es decir, que la decisión no sea susceptible de recursos y que se encuentre definitiva.
Tras analizar la documentación aportada, la Sala constató que no se acreditó la ejecutoria...
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