Corte Suprema niega recurso de casación por insuficiencia de interés económico en demanda por daños y perjuicios
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 20:58:14
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis es un auto proferido en segunda instancia por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se resuelve una queja contra la denegación del recurso extraordinario de casación. Esta decisión confirma el auto del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Civil, que negó la admisión de dicho recurso contra la sentencia dictada en primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda por daños y perjuicios presentada contra varias entidades, entre ellas una empresa de ascensores, una constructora y una propiedad horizontal. Los demandantes solicitaron declarar la responsabilidad civil, tanto extracontractual como contractual, de los convocados y su condena al pago de indemnizaciones por lucro cesante, daño emergente, daño moral y daño a la vida de relación.
Durante el desarrollo del proceso, las demandadas presentaron múltiples excepciones y defensas, tales como falta de legitimación, inexistencia de culpa o falla, causa extraña, inexistencia de daño y prescripción. Además, se realizaron varios llamamientos en garantía entre las entidades involucradas, incluyendo aseguradoras y empresas públicas.
En primera instancia, el juez desestimó las pretensiones de los demandantes, acogiendo las defensas relacionadas con la ausencia de responsabilidad civil, la inexistencia de falla en el ascensor y la ruptura del nexo causal. Los demandantes apelaron la decisión, pero el Tribunal Superior confirmó la sentencia por razones distintas, concluyendo que no se acreditó que el daño alegado tuviera origen en el evento denunciado, lo que excluía la responsabilidad de las demandadas.
Posteriormente, los demandantes interpusieron recurso de casación, el cual fue negado por el Tribunal Superior por no alcanzar el monto mínimo legal exigido para acceder a este mecanismo, establecido en mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Los recurrentes presentaron reposición y queja, alegando que debía tomarse en cuenta el valor de las pretensiones al momento de la reforma de la demanda y no al momento del fallo.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Corte Suprema recordó que, conforme a los artículos 334 y 338 del Código General del Proceso, la casación procede contra sentencias proferidas por tribunales superiores en segunda instancia en procesos declarativos, siempre que el interés económico del recurrente alcance o supere mil SMLMV al momento de la sentencia impugnada.
Para determinar el interés económico, la cuantificación del perjuicio debe realizarse tomando como referencia el valor actual del menoscabo sufrido, calculado con base en el salario mínimo legal vigente a la fecha del fallo. En casos de sentencias que desestiman íntegramente las pretensiones, el valor del interés se determina a partir del monto total reclamado en la demanda o su reforma, sin importar la viabilidad jurídica o probatoria de dichas pretensiones.
En el caso examinado, no se acreditó que los demandantes alcanzaran el monto mínimo exigido para recurrir en casación. La pretensión más alta sumaba aproximadamente $1.215 millones, cifra inferior al monto mínimo legal de $1.423 millones vigente al tiempo del fallo. Por lo tanto, la Corte concluyó que el auto que negó la admisión del recurso extraordinario de casación fue correcto y la queja carecía de fundamento para prosperar.
Finalmente, no se impusieron costas por el recurso de queja, conforme a lo previsto en el artículo 365 del Código General del Proceso.
Decisión final
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, declaró bien denegado el recurso de casación interpuesto por los demandantes y ordenó devolver el expediente al despacho de origen para los trámites correspondientes.
Esta decisión reafirma la importancia del requisito del interés económico mínimo para acceder al recurso de casación en procesos declarativos, garantizando así el correcto uso de los recursos judiciales extraordinarios conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia consolidada.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias
Corte Suprema niega recurso de casación por insuficiencia de interés económico en demanda por daños y perjuicios