Providencia emitida por la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia
La providencia analizada corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de su competencia unipersonal para resolver una queja contra la decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala Civil. Este tribunal de segunda instancia negó la concesión de un recurso extraordinario de casación respecto de una sentencia que rechazó la demanda de prescripción extraordinaria de dominio sobre un inmueble ubicado en Jamundí, Valle del Cauca. Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes solicitaron que se declarara la adquisición del dominio por prescripción extraordinaria sobre un inmueble identificado con número predial y matrícula inmobiliaria específicos. En primera instancia, el juzgado civil negó la demanda al considerar probada la oposición basada en la prevalencia de una acción de extinción de dominio vigente sobre el predio y en el desconocimiento de los elementos necesarios para adquirir el dominio por prescripción. En apelación, el Tribunal Superior confirmó la decisión. Posteriormente, los actores interpusieron recurso de casación, el cual fue denegado por falta de acreditación del interés económico mínimo requerido para acceder a este mecanismo. En particular, se advirtió que el avalúo catastral aportado no alcanzaba el umbral de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) establecido por el artículo 338 del Código General del Proceso para la procedencia de la casación en asuntos de naturaleza económica. Una adición posterior al recurso con un avalúo comercial actualizado fue considerada extemporánea. Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
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