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Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por incumplimiento de término procesal en caso contra la UGPP

Proviene de: Sentencias

27 de enero de 2026 21:17:9

Contexto y tribunal competente

El auto fue proferido por la Sala de Casación Laboral, instancia de la Corte Suprema de Justicia encargada de conocer recursos de casación en materia laboral y de seguridad social. La providencia corresponde a un proceso originado en un tribunal de instancia inferior, al cual se remitirá nuevamente el expediente tras la decisión.

Antecedentes fácticos y procesales

El caso tiene como parte accionante a un ciudadano que interpuso recurso de casación contra una decisión relacionada con la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). La UGPP es un organismo estatal encargado de la gestión de contribuciones parafiscales y asuntos pensionales. El recurso de casación debe presentarse dentro de un término legal establecido para ser admitido. En este caso, la parte recurrente no presentó la demanda dentro del término otorgado para el traslado, lo que motivó la revisión del tribunal de casación sobre la admisibilidad del recurso.

Consideraciones jurídicas de la decisión

La Sala de Casación Laboral fundamentó su decisión en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, norma que regula los términos procesales y las consecuencias del incumplimiento en la presentación de recursos. Este artículo establece que la no presentación del recurso en el plazo legal implica la declaratoria de desierto, es decir, que el recurso se considera como no interpuesto. Al verificar que la demanda de casación no fue presentada dentro del término señalado, el tribunal concluyó que no existían motivos para continuar con el trámite del recurso. Por lo tanto, declaró desierto el recurso de casación...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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