Decisión sobre conflicto negativo de competencia en tutela relacionada con restitución de tierras en Colombia
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 21:31:47
Contexto y naturaleza de la decisión
El conflicto negativo de competencia fue planteado entre la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cali y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, en relación con el conocimiento de la impugnación formulada contra una sentencia de tutela emitida por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto. La providencia judicial que resuelve este conflicto es un auto, emitido por la Sala Plena de un tribunal de alta jerarquía, conforme a lo dispuesto en la legislación procesal y en los acuerdos internos de la judicatura sobre la distribución de competencias.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta por una ciudadana que buscaba la protección de derechos fundamentales como la igualdad, el debido proceso y el acceso a la administración de justicia, en el marco de un proceso de restitución de un bien inmueble en litigio. La tutela solicitaba que ciertas entidades públicas cumplieran un requerimiento judicial para practicar un dictamen pericial y remitir documentación necesaria. El Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto declaró improcedente la tutela, argumentando que existían vías ordinarias para la práctica de las pruebas y que la acción constitucional no era el mecanismo idóneo en este caso.
La impugnación contra esta decisión generó el conflicto de competencia entre las dos salas de tribunales superiores mencionadas, debido a diferencias en la interpretación de cuál era el tribunal competente para conocer la impugnación en segunda instancia, teniendo en cuenta cambios normativos recientes sobre...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.