Corte Suprema de Justicia resuelve conflicto negativo de competencia en acción de tutela contra entidad financiera
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 21:32:14
Contexto y tribunal que decide el conflicto
La providencia corresponde a un auto emitido por la Sala de Casación Civil Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, instancia encargada de resolver conflictos negativos de competencia entre despachos judiciales de diferentes distritos. El caso se originó en dos juzgados civiles municipales ubicados en distintas ciudades del departamento del Valle del Cauca: el Primero Civil Municipal de un municipio y el Once Civil Municipal de otra ciudad cercana.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue instaurada contra una entidad financiera y una empresa de servicios, alegando violaciones a derechos fundamentales como el debido proceso, habeas data, buen nombre y tranquilidad personal. La accionante solicitó que se reconozca la inexistencia de mora, el cumplimiento de fallos judiciales, la correcta actualización del crédito, la eliminación de reportes negativos, el cese del acoso de cobro y la expedición de certificación sobre la corrección de la información financiera.
Inicialmente, el Juzgado Primero Civil Municipal del municipio donde reside la accionante remitió la demanda al juzgado de la ciudad vecina, argumentando que la competencia correspondía a ese despacho judicial conforme al domicilio del accionante y con fundamento en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991. Por su parte, el juzgado de la ciudad vecina también se declaró incompetente, basándose en información sobre el lugar de residencia y trabajo de la accionante, y remitió el conflicto a la Corte Suprema para su resolución.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
El tribunal supremo recordó que la competencia para conocer de una acción de tutela se determina, en principio, por el lugar donde ocurra la violación o amenaza a los derechos fundamentales o donde se produzcan sus efectos, conforme al artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y sus modificaciones posteriores. Esta norma busca facilitar al afectado la elección del juez competente para proteger sus derechos.
La Sala destacó que la competencia territorial no debe depender exclusivamente del domicilio del accionado, sino del lugar donde materialmente se afecten los derechos, que suele coincidir con el ámbito cotidiano del solicitante. No obstante, cuando existen múltiples lugares con posible incidencia, el accionante tiene la facultad de escoger ante cuál juez presentar su tutela, y dicha elección debe ser respetada.
En este caso, la accionante eligió inicialmente el juzgado correspondiente a su lugar de residencia para presentar la acción de tutela. La Sala consideró que esta elección es válida y debe prevalecer, por lo que ordenó remitir el expediente al Juzgado Primero Civil Municipal del municipio de residencia para que continúe con el trámite y resuelva el fondo de la tutela.
Decisión adoptada
La Corte Suprema resolvió mediante auto que la competencia para conocer la acción de tutela corresponde al Juzgado Primero Civil Municipal del municipio donde reside la accionante. Se ordenó enviar inmediatamente el expediente a dicho juzgado y notificar tanto al juzgado inicialmente declinante como a la parte accionante por el medio más ágil. Esta decisión se fundamenta en el artículo 86 de la Constitución Política y en la legislación procesal vigente, confirmando el criterio de respeto a la elección del juez por parte del solicitante en materia de tutela.
Esta providencia esclarece la aplicación práctica del principio de competencia territorial en acciones de protección de derechos fundamentales, garantizando efectividad y acceso a la justicia para los ciudadanos. Así, se reafirma el compromiso del sistema judicial con la protección oportuna y adecuada de los derechos constitucionales, fortaleciendo la confianza en las instituciones y asegurando el respeto a las garantías procesales de los ciudadanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias
Corte Suprema de Justicia resuelve conflicto negativo de competencia en acción de tutela contra entidad financiera