Regulación de plantas solares en Colombia: requisitos y normatividad vigente
Proviene de: Conceptos
28 de enero de 2026 10:44:50
La CREG, en cumplimiento de las funciones asignadas por las leyes 142 y 143 de 1994, y el decreto 1260 de 2013, regula la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica y gas combustible. En esta función consultiva, la entidad responde de manera genérica, sin resolver casos particulares, para garantizar la aplicabilidad en situaciones similares.
Estándares técnicos y certificaciones
Los equipos fotovoltaicos importados deben cumplir con los estándares técnicos nacionales e internacionales, especialmente los relacionados con seguridad y eficiencia energética. Es obligatorio que estos cumplan con el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), expedido por el Ministerio de Minas y Energía, que establece los requisitos mínimos para equipos eléctricos y redes en Colombia. Este reglamento puede consultarse en el sitio oficial del ministerio.
Regulación para la conexión y operación
La CREG ha establecido diversas resoluciones que regulan la conexión y operación de plantas solares en el país, entre ellas:
- Resolución CREG 024 de 2015: autogeneración a gran escala en el Sistema Interconectado Nacional (SIN).
- Resolución CREG 038 de 2018: autogeneración a pequeña escala y generación distribuida en zonas no interconectadas.
- Resolución CREG 060 de 2019: requisitos de conexión de plantas solares y eólicas al Sistema de Transmisión Regional y Nacional.
- Resolución CREG 075 de 2021: procedimientos de conexión al SIN para cualquier recurso de generación.
- Resolución CREG 135 de 2021: derechos y deberes de usuarios autogeneradores a pequeña escala.
- Resolución CREG 174 de 2021: actualización y mejora de requisitos técnicos para autogeneradores a pequeña escala y generadores distribuidos.
Estas normas establecen que todo autogenerador a pequeña escala debe registrarse ante el operador de red y cumplir con los procedimientos técnicos y de operación para poder facturar la energía autoproducida. Además, es obligatorio contar con medición bidireccional para medir la energía entregada al sistema.
Procedimientos y apoyo informativo
La Comisión ha realizado talleres y dispone de material audiovisual explicativo sobre la autogeneración y generación distribuida, disponibles en plataformas digitales oficiales. También se está analizando un proyecto de resolución para complementar los requisitos técnicos y comerciales para la conexión de generadores que comparten activos.
Conclusiones prácticas
Para quienes deseen importar o instalar equipos fotovoltaicos en Colombia, es fundamental:
- Cumplir con el RETIE y las normas técnicas aplicables.
- Registrar los proyectos de autogeneración conforme a las resoluciones vigentes.
- Seguir los procedimientos de conexión y operación establecidos por la CREG.
- Asegurarse de que los sistemas cuenten con medición bidireccional para la comercialización de energía autoproducida.
Con estas disposiciones, Colombia avanza en la regulación clara y precisa de energías renovables no convencionales, facilitando la transición energética y promoviendo la generación distribuida con garantías técnicas y administrativas, contribuyendo así al desarrollo sostenible y la seguridad energética del país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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