Prescripción de facturas de servicios públicos domiciliarios y defensa del usuario: concepto de la Superservicios
Proviene de: Conceptos
28 de enero de 2026 11:12:0
Prescripción de las facturas de servicios públicos domiciliarios
La Superservicios recordó que la factura de servicios públicos domiciliarios es un título ejecutivo cuya acción para el cobro prescribe a los cinco (5) años, contados a partir de la fecha de exigibilidad, según lo establecido en el artículo 2536 del Código Civil y modificado por la Ley 791 de 2002. Dicha prescripción opera por ministerio de la ley, por lo que una vez configurada no procede exigir el pago de las obligaciones contenidas en la factura prescrita.
Además, el concepto precisa que la prescripción de estas facturas no puede ser declarada por el prestador, sino que corresponde a un juez o a la autoridad competente en sede judicial o de jurisdicción coactiva, en el caso de empresas industriales y comerciales del Estado o municipios prestadores directos del servicio.
En caso de que el usuario haya presentado reclamaciones o recursos de reposición o apelación oportunos, el término de prescripción se suspende hasta que las decisiones queden en firme.
Defensa del usuario en sede del prestador y recursos procedentes
Se destaca que los suscriptores y usuarios tienen derecho a solicitar y obtener información clara y oportuna sobre la prestación del servicio, así como a presentar peticiones, quejas y recursos ante el prestador, en consonancia con lo dispuesto en la Ley 142 de 1994 y la Ley 1755 de 2015.
En particular, contra actos como la negación del contrato, suspensión, terminación, corte o facturación del servicio, los usuarios pueden interponer recursos de reposición y apelación ante el prestador y la Superintendencia, respectivamente. Estos recursos deben tramitarse dentro de los plazos establecidos, garantizando el derecho de defensa de los usuarios frente a decisiones empresariales que afecten la prestación del servicio.
Competencia y límites de la Superservicios
El concepto enfatiza que la función principal de la Superservicios es vigilar, inspeccionar y controlar la prestación eficaz de los servicios públicos domiciliarios, pero no incluye la facultad para declarar la prescripción de las facturas. Esta última corresponde a la administración y autonomía de los prestadores o a los jueces en sede judicial o coactiva, según corresponda.
Por último, se informa que la entidad dispone de un portal de consulta para la ciudadanía donde se puede acceder a la normativa, jurisprudencia y conceptos relacionados con los servicios públicos domiciliarios: https://www.superservicios.gov.co/Normativa/Compilacion-juridica-del-sector.
Este concepto busca brindar claridad jurídica y seguridad a los usuarios y prestadores sobre la prescripción de las obligaciones y los mecanismos de defensa disponibles, promoviendo así la adecuada prestación y regulación de los servicios públicos domiciliarios.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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